Definitivamente las órdenes judiciales seguirán siendo protagónicas durante la pandemia. Han alterado la respuesta oficial en temas como la cuarentena obligatoria para adultos mayores de setenta años, la exigencia de PCR para viajeros internacionales y ahora parecen dirigirse hacia el cronograma de vacunación.

Esta semana de hecho, el gobierno hizo un llamado a los jueces para que se respetara el orden establecido, pues ve venir una cascada de tutelas que amenaza con alterar las prioridades y hasta el calendario, contra los objetivos de inmunización.

Pues efectivamente la cascada de acciones ya comenzó, incluso ya se negó la primera tutela, pero con toda seguridad va a seguir escalando a niveles significativos.

Es probable que durante el proceso se presenten fallas en la atención del orden fijado, donde sin duda la tutela está llamada a prosperar.

También es probable que prácticamente todo ciudadano tenga argumentos más o menos convincentes para entrar más adelante en la fila. Ya empiezan a hacerlos sonar los funcionarios de migración, los de peajes, los transportadores, los boticarios, los educadores, entre otros.

Sin embargo, es muy importante que la tutela siga permitiendo a los ciudadanos defender sus intereses de manera rápida y efectiva, como lleva haciéndolo durante tres décadas, precisamente de manera más destacada respecto del derecho a la salud.

Ahora bien, es dudoso que los jueces tengan criterios científicos para alterar el orden de vacunación. Aunque lo tuvieran no todos lo aplicarían. Aunque todos lo aplicaran, muy probablemente serían diferentes entre sí. Y aunque aplicaran un mismo criterio científico, este evolucionará de acuerdo a la evidencia, como ya lo admite el gobierno en su plan.

Piénsese por ejemplo en quienes no están de acuerdo con empezar a vacunar a las personas con mayor edad y más problemas de salud. Incluso Indonesia planea vacunar primero a los más jóvenes. Eso puede sonar razonable a oídos de algunos jueces y todos ellos tienen poder para imponer sus criterios en situaciones concretas.

Cada quién tendrá su teoría, ciudadanos, jueces y gobiernos, y todas ellas son en principio legítimas. Pero no pueden convivir miles de posiciones distintas, si no queremos transitar un camino seguro al caos.

Entonces, más allá de especulaciones teóricas, el problema es de criterios. No científicos, que no tienen por qué tenerlos, sino jurídicos. Y no que puedan aplicarse criterios judiciales, sino la exagerada dispersión de aquellos, donde cada juez hace lo que mejor considera, tornando el sistema inmanejable.

Ahí es donde la tutela puede y debe mejorar. ¿Qué sentido tiene afirmar tanto las falencias de la tutela y al mismo tiempo exigir que no la toquen? No ganan nada sacralizándola.

Va siendo hora de realizar una modificación estructural a la tutela, cuya necesidad con la pandemia se ha hecho más evidente:

Una jurisdicción especializada debería asumir el conocimiento de todas las acciones de tutela que se interpongan en el país.

Lo anterior habría de incluir las acciones de tutela propiamente dichas, pero además el desacato y toda acción o recurso que tenga o haya de tener relación con el amparo constitucional.

De esta manera todos los demás despachos judiciales del país, quedarían despojados de la competencia para asumir algo así como setecientos cincuenta mil procesos cada año y, por ende, libres de una muy considerable carga de trabajo.

Entonces, podrían dedicar ese tiempo, recursos y esfuerzo a atender los asuntos de su competencia.

En consecuencia, la medida arrojaría como primeros resultados la descongestión de los despachos judiciales, mayor celeridad en la resolución de un mayor número de causas judiciales en el país y permitiría desmontar a mediano plazo los despachos de descongestión.

En ese sentido, sería una medida económicamente razonable y casi autosostenible.

Más importante aún, el hecho de concentrar el conocimiento de este tipo de acciones en un grupo de jueces de dedicación exclusiva y cobertura en todo el territorio, generaría beneficios adicionales, como los siguientes:

Favorecería la calidad de los fallos de tutela y relacionados:

Esto por cuanto habría de generar una especialización de los funcionarios en la materia, pues sería la única con la que tendrían contacto diario.

Los jueces de tutela podrían alcanzar mayor conocimiento de la jurisprudencia aplicable a dichas causas, no solo mediante su ejercicio laboral sino también recibiendo capacitación focalizada a estos efectos, la cual hoy resulta supremamente onerosa en razón de la cantidad de jueces constitucionales.

Fortalecimiento de la garantía de igualdad en el ámbito de la justicia constitucional:

Al haber menos jueces resolviendo acciones de esta índole, menos criterios interpretativos de la Constitución y la ley intervendrían en la toma de decisiones y sería más probable para un ciudadano ver expuesta su petición al mismo criterio que juzgó otro caso análogo.

Finalmente, facilitaría el desarrollo y mejor ejercicio de la acción de tutela:

Condensado el ejercicio de la jurisdicción constitucional, los agentes que la ejercen lograrían identificar con más facilidad criterios sustanciales que enriquezcan la figura, definan sus alcances sustanciales, acoten su trámite y eliminen los abusos que en relación con ella se han presentado.

En fin, mientras se siga demorando la concentración y optimización de criterios, seguirán proliferando problemas que son perfectamente evitables en el desenvolvimiento de un mecanismo fundamental.

@ortegasebastia1

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Redacción Minuto30

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