En las últimas horas el presidente Iván Duque anunció la ampliación del Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio nacional hasta el 31 de mayo, y afirmó que la Emergencia Sanitaria se extenderá hasta el 31 de agosto, con el fin de enfrentar la pandemia del Covid-19.
El mandatario nacional señaló que entre el 1 y el 30 de junio el país tendrá cambios dentro de las nuevas medidas por la etapa siguiente para combatir al coronavirus en el país por lo que se implementarán cambios en las actividades que se pueden y no se pueden hacer.
Restricciones en todos los municipios del país:
– El transporte intermunicipal terrestre y aéreo no podrá operar, salvo para abastecimiento.
– Los vuelos internacionales permanecen restringidos, mientras dure la emergencia sanitaria, hasta el 31 de agosto.
– Están prohibidas las remodelaciones inmobiliarias.
– Los deportes de contacto, eventos deportivos, recreativos y todos los que generen aglomeraciones.
– Quienes tienen comorbilidades o preexistencias severas.
– Está prohibida la salida de personas mayores de 70 años.
Estas son las actividades que están permitidas en la nueva etapa de cuarentena:
– Restaurantes siguen operando solo para llevar y a domicilio.
– Las actividades que puedan hacerse en teletrabajo, trabajo virtual y trabajo en casa deberán seguir así.
– El 80% de los trabajadores del sector público permanecerá en esas modalidades.
– Se deberá hacer una ampliación de los protocolos de seguridad generales y sectoriales expedidos por el Ministerio de Salud.
– Centros comerciales pueden abrir con distanciamiento social.
– Museos y bibliotecas.
– Laboratorios prácticos en universidades.
– Comercio al por menor con medidas que contribuyan a disminuir el flujo de personas.
– Servicios profesionales y especializados en medicina que no tienen relación con la atención de la pandemia.
– Servicios de peluquería con cita previa.
– Servicio doméstico.
– Los horarios de la jornada laboral deben estar diferenciados por sectores.
Adicionalmente se hicieron claridades sobre las restricciones:
– No pueden funcionar bares, discotecas, billares, casinos y bingos.
– Centros comerciales y sus plazoletas de comidas, los restaurantes ubicados allí solo podrán operar a domicilio.
– No pueden habilitarse parques públicos, de diversiones y temáticos.
– Están prohibidos los restaurantes de forma presencial.
– No pueden funcionar los servicios religiosos.
– Estarán cerrados cines y teatros.
– Los colegios y universidades seguirán en modalidad virtual durante junio y julio.
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