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Por insultar a un ciudadano en 2018, suspenden a Rodolfo Hernández, exalcalde de Bucaramanga

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial por cinco meses al exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez, por incumplir su deber de tratar con respeto y dignidad humana a un ciudadano, durante una actividad realizada el 26 de octubre de 2018, en el Parque Solón Wilches del municipio. En fallo […]

Publicado por: Minuto30.com

Rodolfo Hernández
Foto: Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial por cinco meses al exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez, por incumplir su deber de tratar con respeto y dignidad humana a un ciudadano, durante una actividad realizada el 26 de octubre de 2018, en el Parque Solón Wilches del municipio.

En fallo de primera instancia el órgano de control estableció que el examandatario local incurrió en falta disciplinaria al emitir pronunciamientos irrespetuosos e indignos.

La Procuraduría advirtió que, si bien es cierto que el alcalde tiene derecho a la libre expresión, también lo es que su calidad de alcalde municipal y el deber de dar ejemplo con su actuar a los administrados, lo obligaba a mantener una actitud de respeto frente a los ciudadanos.

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La Procuraduría calificó la falta del exmandatario local como grave a título de dolo.

La sanción de suspensión e inhabilidad especial se convirtió en salarios de acuerdo a lo devengado por el exmandatario local para la época de los hechos, es decir, $77.564.400.

Rodolfo Hernández se quedaría sin candidatura a la Presidencia

Aunque Rodolfo Hernández apeló la medida, de ser sostenida, el exmandatario podría quedarse con las ganas de ser presidente en 2022, pues ajustaría tres sanciones disciplinarias, lo que lo suspendería automáticamente por tres años.

Según el Código Único Disciplinario artículo 38, literal 2, es causal de inhabilidad: “haber sido sancionado disciplinariamente tres o más veces en los últimos cinco (5) años por faltas graves o leves dolosas o por ambas. Esta inhabilidad tendrá una duración de tres años contados a partir de la ejecutoria de la última sanción”, dice el código, citado por El Tiempo.

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Redacción Minuto30

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