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Ejército frena el porte de armas en Bogotá y Cundinamarca durante todo el 2026

Bogotá y Cundinamarca queda oficialmente prohibido el porte incluso para quienes tienen permiso.

Publicado por: Melissa Noreña

Ejército frena el porte de armas en Bogotá y Cundinamarca durante todo el 2026
Foto de archivo.
Ejército frena el porte de armas en Bogotá y Cundinamarca durante todo el 2026

Resumen: El Ejército Nacional suspendió el porte de armas en Bogotá y Cundinamarca durante todo 2026, con excepciones para algunas entidades y personal autorizado.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

El porte de armas de fuego y dispositivos traumáticos volvió a quedar suspendido en amplias zonas del centro del país, tras una nueva disposición emitida por la 13 Brigada del Ejército Nacional.

La medida, oficializada mediante una resolución expedida a comienzos de 2026, tendrá vigencia durante todo el año y aplica de forma retroactiva desde este mes de enero hasta la medianoche del 31 de diciembre.

Según lo informado por la autoridad militar, la suspensión del porte rige para personas naturales y jurídicas en Bogotá y la mayoría de municipios de Cundinamarca.

El Ejército explicó que la decisión hace parte de las estrategias de control y prevención orientadas a reducir hechos de violencia y fortalecer la seguridad ciudadana.

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Estas suspensiones suelen adoptarse de manera periódica y responden a análisis de riesgo realizados por las autoridades, especialmente en contextos urbanos con alta densidad poblacional.

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La disposición incluye una lista de entidades que quedan excluidas de la restricción, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. Entre ellas se encuentran organismos de investigación y control del Estado, entidades del sistema penitenciario, agencias de protección y dependencias encargadas de labores de inteligencia, así como empresas de vigilancia privada debidamente autorizadas y misiones diplomáticas acreditadas en el país.

Adicionalmente, la suspensión no cobija al personal activo de la Fuerza Pública ni a sus veteranos, tampoco a los oficiales profesionales de la reserva, siempre que cumplan los requisitos definidos en una directiva expedida este año por el Ministerio de Defensa.

Las autoridades recordaron que portar armas sin la autorización correspondiente durante el periodo de restricción puede acarrear sanciones penales y administrativas.

Asimismo, reiteraron el llamado a la ciudadanía para que acate la medida y contribuya a la convivencia y la seguridad en las regiones donde la orden se encuentra vigente.

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