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Amplían cupos de subsidios para las exmadres comunitarias que no llenan requisitos de pensión

El Presidente Iván Duque lideró este martes la firma de un Decreto, que amplía el cupo y el valor de los subsidios entregados a las ex madres comunitarias y sustitutas del país, aumentando las ayudas de $280 mil a $440 mil pesos por beneficiaria, y garantizando su financiación a través del Fondo de Solidaridad Pensional. […]

Publicado por: Minuto30

Foto: Procuraduría General de la Nación

El Presidente Iván Duque lideró este martes la firma de un Decreto, que amplía el cupo y el valor de los subsidios entregados a las ex madres comunitarias y sustitutas del país, aumentando las ayudas de $280 mil a $440 mil pesos por beneficiaria, y garantizando su financiación a través del Fondo de Solidaridad Pensional.

Cabe resaltar que, al inicio del Gobierno, se atendían 2.379 beneficiarias y, gracias a las ampliaciones de cobertura que se han realizado, ahora el subsidio llega a cerca de 6.000 ex madres.

El Presidente recalcó que el subsidio es una acción de respaldo a su labor, y de justicia con su trabajo, que ha permitido llenar corazones, vacíos y ha transformado seres humanos. “Resulta que para millones de niños en Colombia ustedes han sido la educación preescolar”, manifestó.

Cómo acceder al subsidio

Los requisitos para las ex madres comunitarias que quieran aplicar al beneficio, son: ser colombiano/a; tener como mínimo 57 años, si es mujer, o 62 años, si es hombre, y no reunir los requisitos para acceder a pensión.

Igualmente, haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional; acreditar la condición de retiro como madre comunitaria del programa de hogares comunitarios de Bienestar Familiar a partir de la entrada en vigor de la Ley 1450 de 2011, y haber realizado la labor como madre comunitaria por un tiempo no menor de 10 años.

Así mismo, los requisitos para las ex madres sustitutas son: ser colombiano/a; acreditar la condición de retiro como madre sustituta de la modalidad de hogares sustitutos de Bienestar Familiar a partir del 24 de noviembre de 2015; haber desarrollado su labor de madre sustituta por un tiempo no menor a 10 años; haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional, y haber cumplido la edad para pensión de vejez, sin reunir los requisitos para acceder a una pensión.

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Minuto30 Agencias

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