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La Policía Metropolitana del Valle de Aburrá recuerda a los ciudadanos que este martes primero de agosto entra a regir el cobró de los comparendos impuestos por realización de las conductas contrarias a la convivencia contempladas en el Nuevo Código Nacional de Policía.

La imposición del Código Nacional de Policía se gradúa de acuerdo al comportamiento, desacato, reiteración o desobediencia que incrementan el valor, genera intereses y en determinados casos propicia el cobro coactivo.

Las multas se dividen en dos clases tasada en salarios mínimos diarios legales vigentes.

Multas Generales:

  • Multa tipo 1: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes.
  • Multa tipo 2: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
  • Multa tipo 3: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes.
  • Multa tipo 4: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.


Las Multas Especiales se clasifican en:

  • Comportamientos de los organizadores de actividades que involucren aglomeraciones de público complejas.
  • Infracción urbanística.
  • Contaminación visual.

Donde se realiza la consignación: En la cuenta dispuesta por la Alcaldía de cada municipio.
Cual es su destino: Proyectos pedagógicos, prevención en seguridad, 60% destinado a la cultura ciudadana prevención y pedagogía.
Quien la impone: El Inspector de Policía posterior al comparendo realizado por los uniformados la Policía Nacional y el alcalde en segunda instancia de las especiales.

 

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Redacción Minuto30

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