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Procuraduría dictó pliego de cargos al gerente del Hospital General de Medellín y a concejal de Girardota

Minuto30.com-. La Procuraduría General de la Nación dictó pliego de cargos contra el gerente de la E.S.E. Hospital General de Medellín, Jesús Eugenio Bustamante Cano, y el concejal de Girardota Diego Andrés Cataño Peña (2016 – 2019), por presuntas irregularidades en la firma de un contrato de prestación de servicios. De acuerdo con la investigación, […]

Publicado por: SoloDuque

Hospital General
El Hospital General de Medellín. Foto: Procuraduría General de la Nación.

Hospital General

El Hospital General de Medellín. Foto: Procuraduría General de la Nación.

Minuto30.com-. La Procuraduría General de la Nación dictó pliego de cargos contra el gerente de la E.S.E. Hospital General de Medellín, Jesús Eugenio Bustamante Cano, y el concejal de Girardota Diego Andrés Cataño Peña (2016 – 2019), por presuntas irregularidades en la firma de un contrato de prestación de servicios.

De acuerdo con la investigación, Bustamante Cano, en su calidad de gerente de la institución hospitalaria, habría contratado al concejal Cataño Peña para que ejerciera como médico auditor de la entidad, compromiso laboral que se extendió, presuntamente, desde el 15 de septiembre de 2016 hasta el 31 de diciembre de ese mismo año, por un valor total de $25 millones.

Para el Ministerio Público, Cataño Peña habría ejecutado las funciones del contrato a pesar de estar inhabilitado por su condición de concejal de Girardota, con lo que violó, aparentemente, la prohibición de los servidores de laborar en más de una entidad del Estado y percibir dos remuneraciones derivadas del tesoro público.

Por esos hechos, el órgano de control dictó pliego de cargos contra el gerente Jesús Eugenio Bustamante Cano, por intervenir, presuntamente, en la tramitación y celebración del contrato materia de investigación, conducta calificada como gravísima a título de dolo.

Por su parte, el concejal Cataño Peña fue afectado por la decisión por firmar, presuntamente, el contrato a pesar de estar inhabilitado para hacerlo, conducta calificada como una falta gravísima a título de dolo, y por recibir, aparentemente, más de una remuneración proveniente del Estado, hecho calificado como una falta grave a título de dolo.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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