Resumen: El ente de control resaltó que la justificación en la cual se fundó la modificación del negocio jurídico adoptada por los funcionarios no obedeció a un hecho sobreviniente, imprevisible o irresistible, sino a circunstancias preexistentes y plenamente conocidas al momento de su celebración.
La Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad general por nueve años a la exsecretaria de Infraestructura de Medellín, Natalia Urrego Arias (2020), y al exgerente general de Metroparques, Jorge Enrique Liévano Ospina, por celebrar un contrato sin que existieran estudios en los que se evaluaran las dificultades derivadas de la pandemia por Covid 19, lo cual provocó su prórroga.
En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento sostuvo que los disciplinados extendieron hasta el 10 de junio el plazo inicialmente contemplado en el bilateral, firmado por tres meses, desde el 3 de noviembre de 2020 hasta al 3 de febrero de 2021, justificando responder a medidas adoptadas por los gobiernos nacional, departamental y municipal para combatir la pandemia.
El ente de control resaltó que la justificación en la cual se fundó la modificación del negocio jurídico adoptada por los funcionarios no obedeció a un hecho sobreviniente, imprevisible o irresistible, sino a circunstancias preexistentes y plenamente conocidas al momento de su celebración.
Para el Ministerio Público, al cambiar los términos del contrato suscrito por $ 5.226.291.836 Urrego Arias y Liévano Ospina desconocieron los principios de economía y eficacia, por lo que de manera definitiva calificó su conducta como falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.
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