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Por demoras en los vuelos desde el Dorado, supertransporte impone medidas administrabas a un aerolínea

Se volvió muy recurrente que una aerolínea tenga constantes demoras y cancelaciones de vuelos en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá

Publicado por: Minuto30

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Foto: Rcn Radio.

Se volvió muy recurrente que una aerolínea tenga constantes demoras y cancelaciones de vuelos en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá

Por esta razón la Superintendencia de Transporte de Colombia, SuperTransporte, le impuso medidas administrativas a la aerolínea Avianca.

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Estas medidas son de cumplimiento inmediato.

La medida administrativa trae obligaciones que deberá cumplir Avianca dentro de los cinco días calendario siguientes a la comunicación del acto administrativo, que se realizó el 1 de diciembre de 2023.

En el comunicado se leen las siguientes medidas:

  • Implementar en el término de 24 horas un plan de atención inmediata al usuario dentro de las instalaciones del aeropuerto El Dorado y los demás aeropuertos en que tengan operaciones, con el propósito de solucionar la contingencia por la demora y/o cancelación de los vuelos, y garantizar los derechos de los usuarios.
  • Suministrar de forma inmediata a los usuarios información completa, clara, contundente, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre el estado de sus vuelos, las condiciones y restricciones de las compensaciones que sean otorgadas, cuando haya lugar a esto, brindar soluciones inmediatas dentro del aeropuerto y no dirigiéndolos a un call center donde los usuarios no son atendidos oportunamente.
  • Disponer de canales de atención al usuario que sean eficaces y efectivos para lograr la reprogramación de los vuelos afectados.
  • Garantizar el servicio de transporte público de todos los pasajeros, en el sentido de realizar las gestiones que sean necesarias para que puedan ser transportados por Avianca S. A. o mediante endosos con otras aerolíneas, a la mayor brevedad posible.

 

“La medida administrativa en mención se decreta sin perjuicio de las demás medidas de carácter administrativo y/o sancionatorio que puedan imponer o adelantar otras entidades, principalmente la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, como autoridad competente de la operación aérea”, dice el comunicado de la Superintendencia de Transporte de Colombia.

 

 

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Minuto30 Agencias

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