Diego Molano
Diego Molano. Foto: EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda.

El Consejo de Estado ratificó que el nombramiento de Diego Molano como ministro de Defensa del Gobierno Duque correspondió al incumplimiento de la Ley de Cuotas, en la que se establece que al menos el 30 % del gabinete debía estar conformado por mujeres.

El pasado 7 de abril el Tribunal Administrativo de Cundinamarca accedió a las pretensiones de una demanda de nulidad electoral en la que se consideraba que el Decreto 134 del 6 de febrero expedido por el en ese entonces presidente, Iván Duque, con el que se nombraba a Diego Molano como ministro de Defensa, violaba la Ley de Cuotas.

Lo anterior debido a que se estableció que en el gabinete conformado por 18 ministerios solo había cinco ministras mujeres, correspondiente al 27,7 %. Por lo que, con el nombramiento de Molano, no se cumplía con la cuota mínima de género.

Esta decisión fue apelada por Diego Molano, argumentando que, de no haber cumplido con la cuota mínima de género, no era suficiente motivo para anular el nombramiento.

No obstante, el Consejo de Estado, a donde pasó el recurso de apelación, resolvió que sí se incumplió con la Ley de Cuotas al nombrar a Diego Molano como ministro de Defensa, ya que “en los casos en los cuales el cálculo del 30 % de la cuota de género dé como resultado un número entero seguido de un decimal, independiente de que el decimal sea menor o mayor a punto cinco (0.5), la cifra debe aproximarse al número entero siguiente que permita cumplir dicho porcentaje y no al inferior”.

Es decir que en el gabinete del expresidente Iván Duque debía haber seis ministras y no cinco, lo cual anula el nombramiento de Molano, quien el pasado 7 de agosto salió de esta cartera por la llegada del nuevo Gobierno.

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Redacción Minuto30

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