Resumen: La ministra de Justicia aclaró que solo un juez puede modificar la condena de Epa Colombia. Petro pidió aplicarle la Ley de Utilidad Pública, pero sus delitos no califican.
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, afirmó que cualquier modificación a la condena de Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, solo puede ser determinada por un juez.
Esta fue la respuesta que le dio la ministra a la solicitud del presidente Petro, quien pidió aplicar la Ley de Utilidad Pública para que Epa Colombia pueda salir diariamente de la cárcel.
El mandatario argumentó que, al ser madre cabeza de familia, la influencer debería beneficiarse de esta ley. Sin embargo, la ministra aclaró que este beneficio no aplica a todos los delitos y que el caso debe ser revisado por un juez de ejecución de penas.
Cabe recordar que esta ley favorece a mujeres en condiciones de marginalidad que hayan cometido ciertos delitos, como hurto o tráfico de drogas en mínima cuantía, pero Barrera fue condenada por daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público e instigación a delinquir con fines terroristas.
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Además, la ministra Buitrago señaló que el beneficio exige que la condenada haya sido madre cabeza de familia en el momento del delito, lo cual no aplicaría en este caso.
Mientras tanto, la defensa de Barrera deberá presentar una solicitud ante un juez si busca algún beneficio penitenciario. Su caso sigue generando debate, luego de que la Corte Suprema de Justicia le negara una tutela para garantizar contacto constante con su hija de 10 meses.
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