Minuto30.com-. Según el Ministerio de Transporte, ya está definido de forma clara los parámetros de velocidad en las vías nacionales, que dependen de las condiciones de las carreteras, las pendientes, la cantidad de carriles por sentido, las intersecciones o cruces peatonales.

Foto: Cortesía
Al respecto, el viceministro de Transporte, Enrique José Nates, aseguró que estas reglas son tratadas según la ingeniería de tránsito y cada autoridad local y departamental.
“El Mintransporte lo ha hecho con las vías nacionales, pero en el orden local no puede establecer sino condiciones generales, para que cada autoridad de tránsito delimite y señalice, para lo cual no requieren autorización del Ministerio”, añadió Nates.
El funcionario señaló que la norma solo restringue a la autoridad para que no exceda los 120 kilómetros por hora en vías nacionales y 80 en las urbanas.
Sin embargo, aclaró que la ley no fija la velocidad de 80 kilómetros por hora en las ciudades, sino que cada autoridad local de tránsito está facultada para que delimite y señalice las vías con las velocidades definidas.
“Los límites de velocidad dentro de las áreas urbanas dependen de cada autoridad de tránsito local, lo que se deriva de dos situaciones: una técnica, que reconoce que cada área urbana presenta multiplicidad de sitios con intersecciones, peatones, áreas de estacionamiento, sitios de interés que imponen limitar las velocidades; y una jurídica, que refleja la autonomía territorial reconocida en la Constitución”, concluyó.
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