Ahora es muy común que las familias estén conformadas por seres humanos y animales (como hijos), situación que complica los divorcios, porque de momento La Corte Suprema no considera a las mascotas como “hijos”, situación que hace que sean tratados como objetos o cosas, que pueden ser embargados al momento de una separación.
Sobre esto, una ciudadana alegó por medio de una tutela que los perros no deben ser considerados un bien material, sino un ser sintiente, y que por esta razón, consideraba inconstitucional la decisión del juzgado de quitarle sus perros al momento de separarse de su esposo. Tras esto, la Corte rechazó la tutela, y aclaró que la justicia tiene toda la potestad de embargar animales.
Por su parte, el magistrado Aroldo Wilson Quiroz señaló que la Corte perdió una oportunidad única para poder crear el concepto de una familia multi-especie en el país.
Esto porque considera que las mascotas hacen parte de las familias cada día más y la jurisprudencia más reciente habla de “seres sintientes”.
Para el magistrado, en estos casos la justicia debería tratar a las mascotas como en los casos regulares de familias, en los que se establece quién debe correr con la manutención, a qué miembro se le entrega la custodia y si habrá derecho a visitas o no. Finalmente, el caso podría llegar hasta la Corte Constitucional, con la intención de unificar la jurisprudencia.
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