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La Barca de Calderón

La Procuraduríahizo un estudio sobre el costo de las demandas en materia pensional donde son más caros por la judicialización, los intereses moratorios, las costas del proceso, los honorarios que hay que pagar a los abogados que ejercen una deficiente defensa ante el Estado y los costos que le significan al peticionario los años de duración de un proceso.

La Procuraduría hizo un estudio sobre el costo de las demandas en materia pensional donde son más caros por la judicialización, los intereses moratorios, las costas del proceso, los honorarios que hay que pagar a los abogados que ejercen una deficiente defensa ante el Estado y los costos que le significan al peticionario los años de duración de un proceso.

Costos pensionales.

Existe un régimen de transición vigente hasta el 2014 porque quedó previsto en la Constitución Nacional, artículo 48, y el Acto Legislativo 01 de 2005: “El Estado garantizará los derechos, la sostenibilidad financiera del sistema pensional, respetará los derechos adquiridos con arreglo a la ley y asumirá el pago de la deuda pensional que de acuerdo con la ley está a su cargo”.

Cargos ocasionales.

Para que se reconozca el derecho, la Procuraduría no está de acuerdo con la ocupación de cargos ocasionales para mejorar un derecho pensional.

En el Congreso Nacional los “carruseles” se agotaron por la desaparición de los suplentes. Ahora quien accede al Congreso es quien sigue en la lista, según el número de votos obtenidos, no como antes, cuando el suplente adquiría un derecho pensional por el solo hecho de posesionarse. No se da el “carrusel” en el caso que tiene que ver con los Consejeros de Estado, pero sí con los magistrados auxiliares.

Sin contrapunteo.

No hay, pues, ninguna fricción ni contrapunteo entre lo que opina la Contralora y lo que dice la Procuraduría cuando el propio Alejandro Ordóñez manifiesta: “Lo que me preocupa es que se esté ambientando un desmonte de los regímenes especiales de pensiones con afectación de derechos adquiridos”.

Jurisprudencia.

Este pronunciamiento del Ministerio Público fue hecho en la “cumbre” de gobernadores en Pereira, donde el Procurador recordó que el Consejo de Estado y la Corte Suprema, hace más de 20 años y de forma reiterada, han definido la jurisprudencia con la que se fija la obligación de las autoridades que reconocen las pensiones para cobrar los aportes sobre los cuales no se hayan cotizado, motivo por el cual no se presentaría ningún daño o boquete fiscal. Sin embargo, reconoció que sí se han presentado abusos en el reconocimiento de pensiones.

La Barcarecuerda que el tema lo denunció la contralora Morelli en relación con el Consejo Superior de Judicatura, en donde hubo varios encargos en los que las personas se favorecieron con una liquidación pensional extraordinaria por ocupar ocasionalmente un cargo.

Libro.

El libro Pensiones, el costo de las demandas, publicado por la Procuraduría, habla de la aplicación del régimen de transición de la vía gubernativa a la judicial. En el texto se pide investigar por la gran judicialización que hay en el país en materia pensional. El estudio se hizo sobre la cuantía de las pensiones, especialmente en el Seguro y en Cajanal (página 77), costo de las demandas e impacto en el Presupuesto Nacional que trae recomendaciones precisas, trabajo coordinado por Ricardo Bonilla González, profesor de la Universidad Nacional.

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Redacción Minuto30

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