Resumen: El Invima reitera que la medida implica que dichos productos no pueden ser comercializados, ni procede su agotamiento de existencias desde el 16 de febrero de 2026, quedando prohibida su comercialización en toda la subregión andina
Teniendo en cuenta las consultas generadas relacionadas con la cancelación de las 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) de productos cosméticos (esmaltes semipermanentes) que contienen ingredientes prohibidos en su formulación, el Invima informa que:
Los ingredientes objeto de la cancelación estuvieron permitidos en la subregión andina hasta el 15 de diciembre de 2025, fecha en la que se publicó la Resolución No. 2548 en la Gaceta Oficial de la CAN, que estableció la prohibición del uso de Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT) en la formulación de productos cosméticos. A partir de esa fecha, la misma resolución contempló un plazo de 60 días calendario para la cancelación automática de las NSO.
A continuación, la entidad comparte el listado de las NSO canceladas en cumplimiento de la Resolución No. 2548 de 2025:

Listado publicada por Invima
El Invima reitera que la medida implica que dichos productos no pueden ser comercializados, ni procede su agotamiento de existencias desde el 16 de febrero de 2026, quedando prohibida su comercialización en toda la subregión andina.
El Instituto reafirma su compromiso con la salud pública y continuará desarrollando acciones de vigilancia, inspección y control sobre los productos cosméticos disponibles en el país.
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