Resumen: La Fiscalía sostuvo que el análisis punitivo debe realizarse bajo una perspectiva de género y acorde con la magnitud del daño ocasionado, por lo que solicitó la revisión de la sentencia por parte del superior judicial.
Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a Cristian Camilo Valencia Hurtado a 48 años y 10 meses de prisión por su responsabilidad en el crimen de su compañera sentimental y las dos hijas de esta, en hechos ocurridos el 24 de marzo de 2026, en un inmueble de la localidad de Bosa, en el sur de Bogotá.
El hombre, que aceptó su responsabilidad en los hechos, fue declarado responsable del delito de feminicidio agravado, se le negó cualquier beneficio o subrogado penal y le fue impuesta una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por 20 años.
La Fiscalía demostró que los hechos ocurrieron en un contexto de violencia extrema contra las víctimas por su condición de mujeres y que el crimen estuvo precedido de un ciclo previo de violencia intrafamiliar y de género.
El fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, que lideró la investigación, interpuso recurso de apelación frente a la dosificación de la pena, al considerar que la sanción impuesta no resulta proporcional a la gravedad de la conducta juzgada, teniendo en cuenta que se trató del feminicidio de tres mujeres, una de ellas menor de edad.
La Fiscalía sostuvo que el análisis punitivo debe realizarse bajo una perspectiva de género y acorde con la magnitud del daño ocasionado, por lo que solicitó la revisión de la sentencia por parte del superior judicial.
El recurso fue concedido y remitido al tribunal competente.
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