España
Foto tomada de Google para ilustrar

Polémica generó una decisión tomada por el más alto tribunal de España, el cual se estableció que ya es legal pagar una deuda con favores sexuales.

Y es que la radical decisión se dio luego de que el Tribunal Constitucional le negara una demanda a una mujer el pasado mes de diciembre, en la cual manifestaba haberse sentido “psicológicamente obligada” a pagar una deuda de dinero con sexo oral que tenía con su excuñado.

La muer había presentado un recurso al Alto Tribunal de España, demandando la sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares, la cual archivó el caso en primera instancia tras considerar que no existió un delito de coacción hacía ella, y que por el contrario fue “una relación pactada libremente entre ellos (la mujer y su excuñado)”.

Según indicaron medios internacionales, fue en 2019 cuando la mujer le pidió 15.000 euros prestados al exmarido de su hermana, tras afrontar dificultades económicas. Pero como medio de pago, el hombre le pidió favores sexuales.

De acuerdo con la justicia de España, el asunto quedó resuelto cuando la mujer se negó a seguir pagando la deuda con los favores sexuales, por lo que tuvo que pagarla de otra manera.

“El Tribunal Constitucional no valora si pedir felaciones como medio de pago es ilegal o no, ya que no entra en el fondo del asunto al entender que el recurso presentado contra la resolución de la Audiencia de Palma no se ajusta a lo estipulado por el artículo 49.1 de la Ley Orgánica del propio TC, que obliga a justificar la especial trascendencia constitucional para que un recurso sea admitido”, aseguró el alto tribunal, con respecto al caso.

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Redacción Minuto30

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