La Procuraduría General de la Nación dejó en firme el fallo de primera instancia mediante el cual sancionó con suspensión por dos meses al señor Jhon Darío Gutiérrez Agudelo, en su condición de secretario de Hacienda del municipio de Puerto Berrío (Antioquia) para la época de los hechos, por no responder oportunamente derechos de petición.

Puerto berrioSe estableció que el disciplinado recibió dos oficios con peticiones que no fueron atendidas dentro de los términos previstos en la Ley, elevadas por el comandante del Cuerpo de Bomberos de Puerto Berrío, la primera de ellas solicitando el pago de la sobretasa bomberil necesaria para su funcionamiento, y la segunda, reiterando lo pedido.

A juicio del órgano de control el señor Gutiérrez Agudelo afectó la función pública por cuanto la falta de transferencia de los citados recursos ocasionó el despido de cinco integrantes de la institución enunciada.

Se le reprocha al exsecretario de Hacienda su comportamiento omisivo y negligente, pues si bien la respuesta a un derecho de petición no implica que la misma deba acceder a lo requerido, si le impone al servidor al que se le formula que sea clara, precisa y dentro del término legal; y si no es posible hacerlo dentro de los 15 días establecidos, se debe indicar cuándo se le dará respuesta, cosa que no hizo.

La conducta del sancionado fue calificada por la Procuraduría Provincial de Puerto Berrío como grave cometida a título de culpa.

La sanción fue convertida en salarios mínimos de acuerdo con el monto devengado por el funcionario en el año 2012, en razón a que el disciplinado no ejerce función pública.

La Procuraduría señaló que el fallo de primera instancia quedó en firme por cuanto el señor Jhon Darío Gutiérrez Agudelo no interpuso ningún recurso contra el mismo.

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