Al declarar que existieron irregularidades durante la celebración del contrato 0607 del 3 de julio de 2009, por valor cercano a los 1000 millones de pesos, la Procuraduría General de la Nación sancionó, en fallo de primera instancia, con destitución e inhabilidad por el término de 17 años y 12 años a los señores Juan Carlos Abadía Campo, en su calidad de gobernador del Valle del Cauca, y Héctor Fabio Useche De La Cruz, en su condición de secretario de Salud, respectivamente, para la época de los hechos.

Mencionó que analizado el marco legal que rige la contratación estatal, el procedimiento que se debió seguir para este caso particular era el de la selección abreviada.
No obstante, explicó que si hubiera procedido la contratación directa, tampoco se cumplieron los requisitos consagrados en la Ley a fin de justificar esta modalidad de selección, por lo que se pudo concluir que los investigados siempre tuvieron la intención de adjudicar el contrato a la firma seleccionada.
El órgano de control reprochó el método y procedimiento seguidos por los investigados para suscribir el contrato, los cuales en ningún momento se ajustaron a las reglas señaladas en la Ley, por cuanto la contratación directa que es excepcional con requisitos expresamente reglados, no fueron tenidos en cuenta a fin de justificar dicha modalidad de contratación.
El Ministerio Público indicó que en este proceso contractual no se encontraron los estudios de oportunidad y conveniencia necesarios ni los soportes jurídicos y legales que permitieran concluir que la contratación directa era el procedimiento idóneo y ajustado para esta contratación.
Contra la decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, por lo que la decisión queda en suspenso hasta tanto se resuelva la segunda instancia.
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