¿Pueden o no los empresarios en Colombia comprar vacunas contra el Covid?

El Ministerio de Salud dio a conocer una postura frente al tema de la compra de vacunas por privados.

Lea también: ¡Párele bolas! Habilitan un nuevo punto de vacunación masiva en Medellín

La cartera, dio a conocer lo que dijo en un primer lugar, Germán Escobar, jefe de Gabinete del Ministerio quien aseveró que si bien las empresas pudieron empezar a negociar con dichas casas la compra de vacunas desde la expedición de la Resolución, estas solo podrán ser importadas y administradas en la etapa tres de la fase 1, es decir, una vez se culmine con la inmunización de la población mayor de 60 años.

Dijo, «en este momento nos encontramos terminando la etapa 2 e iniciando la etapa 3, y es importante que se entienda que esta fase era de vital importancia porque era imprescindible vacunar a la población más vulnerable y a las que más riesgo tienen tanto de enfermar gravemente como de morir, el cual se constituye el principal objetivo del Plan Nacional de Vacunación».

Sin embargo, las únicas vacunas que podrán ser importadas al país serán aquellas que cuenten con la autorización de uso de emergencia por parte del Invima, y dio claridad sobre esta determinación establecida en la Resolución 507 de 2021 que les permite a los privados hacer parte de esta ruta de inmunización nacional.

Así lo aseguró Julio César Aldana, director del INVIMA, «estas deben tener permiso por parte de estas casas farmacéuticas para que un tercero o un importador puedan traerlas a Colombia, ya que son ellas las que deciden quién será su importador y el Invima revisa si este cumple con los requisitos para realizar este proceso; deben también asumir los costos de las vacunas y de su importación, y asumir las condiciones negociadas con el titular de las compañías farmacéuticas autorizadas».

También explicó que el país en este momento ya tiene algunas vacunas con autorización de uso de emergencia, lo cual no implica que se cierre la autorización a otras vacunas en el futuro.

Y añadió, «sin que esto quiera decir que cualquier otra pueda solicitar dicha autorización, porque son ellas mismas las que deben requerirlas al Invima. Por su parte los privados deben acordar con esas compañías ya que ellos deciden a quién se le deriva la responsabilidad para hacer esa contratación. Además, deben cumplir las normas, requisitos y parámetros establecidos por el Gobierno Nacional para participar».

El Ministerio dijo además que entre las responsabilidades que deben tener las empresas que decidan hacer parte de este proceso están las del debido almacenamiento de los biológicos, total adherencia del esquema de farmacovigilancia, el cual el Invima cumple funciones como órgano rector, y el debido diligenciamiento de las personas a quienes se vacune en la plataforma dispuesta por el Gobierno Nacional PAIWEB.

Aldana, aludió que entre los criterios estipulados en el acto administrativo se observa que las vacunaciones por parte de privados deben estar regidos por el principio de equidad del Plan Nacional, por lo que los biológicos deben ser totalmente gratuitos y no podrán, bajo ninguna circunstancia, ser comercializados.

Por su parte, Víctor Muñoz, del Dapre, exhortó al sector privado a establecer conglomerados entre el sector para que se valoren aspectos como la capacidad de inversión, el volumen de vacunas contempladas a comprar y la definición de los criterios logísticos para su importación.

«Queremos disponer todo este conocimiento adquirido por más de un año para comprar los 35 millones de vacunas, pero es fundamental que no desagreguen esfuerzos, que se organicen, que piensen en el tipo de biológico que van a adquirir y cuál sería el momento para empezar adquirirlos».

Fuente: MinSalud

Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio