Minuto30.com  – Segunda entrega del ABC Electoral; los comisios del 30 de octubre son para elegir Gobernadores, Alcaldes, Diputados, concejales y JAL, cualquier inquietud despejela en estos informes que se han preparado para ponerlos a su disposición. Además, podrá seguirlas minuto a minuto en www.minuto30.com y @minuto30com

¿Cuántos alcaldes se elegirán en las elecciones de autoridades locales de 2011?
En Colombia hay 1.102 municipios y en cada uno se elige un alcalde.

¿Quién puede ser elegido diputado?
Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.

¿Cuántos diputados se elegirán en las elecciones de autoridades locales?
De acuerdo con el artículo 299 de la Constitución Nacional, En cada departamento habrá una Corporación administrativa de elección popular que se denominará Asamblea Departamental, la cual estará integrada por no menos de once miembros ni más de treinta y uno. Dicha corporación gozará de autonomía administrativa y presupuesto propio.

¿Quién puede ser elegido concejal?
Para ser elegido concejal se requiere ser ciudadano en ejercicio.

¿Cuántos concejales se elegirán en los comicios de 2011?
De acuerdo con el artículo 132 de la Constitución Nacional, en cada municipio habrá una corporación administrativa elegida popularmente que se denominará concejo municipal, integrada por no menos de siete, ni más de veintiún miembros según lo determine la ley, de acuerdo con la población respectiva.

¿Qué son las Juntas Administradoras Locales?
Las Juntas Administradoras Locales se crearon en Colombia en 1.968. En 1.986, por medio de un acto legislativo, fueron reformadas y posteriormente, con la Constitución Nacional de 1991, se legitimaron en el artículo 318.

¿Qué funciones tienen las Juntas Administradoras Locales?
Las Juntas Administradoras Locales son instrumentos de control, veeduría y administración municipal de apoyo para los Concejos y Alcaldías. Funcionan en las áreas urbanas y en las zonas rurales. En las primeras, se establecen en las comunas con un número no inferior a 10.000 habitantes; en las segundas, en los corregimientos.

¿Cómo se eligen las Juntas Administradoras Locales?
Son elegidas por votación popular por un período de cuatro años. Están integradas por no menos de cinco ni más de nueve miembros.

¿Quién puede ser elegido Edil?
La Ley 1421 de 1993 establece que para ser elegido Edil se requiere ser ciudadano en ejercicio y haber residido o desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial o laboral en la misma localidad por lo menos durante los dos años anteriores a la fecha de elección o de nombramiento.

¿Los habitantes de Bogotá eligen Gobernador y Diputados?
No. De acuerdo con el artículo 327 de la Constitución Nacional, en las elecciones de Gobernador y de diputados a la Asamblea Departamental de Cundinamarca no participarán los ciudadanos inscritos en el censo electoral del Distrito Capital. Los habitantes de la capital de la República sólo votan para elegir a su Alcalde Mayor, a los concejales y a los miembros de las Juntas de Administración Local. Es la única ciudad del país que no vota por Gobernador, al mandatario lo eligen los habitantes de los municipios de Cundinamarca, al igual que a los diputados.

¿Los habitantes de la isla de San Andrés, Providencia y Santa Catalina eligen alcaldes?
No. El departamento cuenta con un con un sólo municipio que es Providencia y por lo tanto los habitantes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina eligen Gobernador y no alcaldes.

¿Qué se elige en el municipio de Providencia?
Los habitantes del municipio de Providencia eligen Alcalde y Consejo Municipal.

Espere mañana la tercera entrega del ABC Electoral que lo pondrá a tono con las Elecciones territoriales del 30 de Octubre.

 

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Redacción Minuto30

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