La normativa para el derecho a una muerte digna de los pacientes con enfermedades terminales, será revelada el lunes por el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo a la ordenanza de la Corte Constitucional en su sentencia del 4 de marzo de 2015.

El Ministerio de Salud dará a conocer el próximo lunes la normativa para implementar la eutanasia en Colombia. Foto: Cortesía.
Luego de concluido el plazo de la Corte, el Gobierno por medio de una normativa de 19 artículos, definirá la condición de enfermo en fase terminal, los trámites administrativos y los responsables que deberán analizar la solicitud voluntaria de pacientes terminales, cuyo desenlace es la muerte inminente.
Además, se definirá las responsabilidades de hospitales y EPS al respecto.
Según la norma, los pacientes con enfermedades terminales “tienen derecho a desistir de manera voluntaria y anticipada de tratamientos médicos innecesarios, que no cumplan con los principios de proporcionalidad terapéutica y no representen una vida digna para el mismo”.
Desde 1997, la Corte había despenalizado el homicidio por piedad, sin embargo, la forma como se debía llevar a la práctica el procedimiento no contaba con reglamentación.
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