Vuelos humanitarios Colombia
Foto cortesía Aerocivil

El Gobierno en cabeza del Ministerio de Transporte, la Aeronáutica Civil y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), han venido determinado una serie de medidas para mitigar los efectos económicos generados por la pandemia del covid-19 en el sector aeronáutico, a través de decretos, resoluciones y circulares.

Entre ellas están la reducción del IVA al transporte aéreo y al combustible de aviación del 19% al 5% hasta el 31 de diciembre de 2021, la suspensión del cobro por servicio de parqueo de aeronaves en los diferentes aeropuertos del país y la celebración de acuerdos de pago por sumas adeudadas a la Aerocivil.

También se han adoptado otras disposiciones, como la suspensión del cobro de los cánones de arrendamiento de los establecimientos comerciales ubicados en los aeropuertos y aeródromos no concesionados, la autorización a las aerolíneas a realizar los reembolsos a los usuarios en servicios prestados durante el periodo que dure la emergencia y hasta por un año más, y la suspensión de las normas sobre cumplimiento de franjas horarias (horarios de llegada y salida en aeropuertos coordinados) para el cálculo de regularidad.

Entre otras medidas, las empresas que prestan servicios de transporte aéreo internacional de pasajeros y que recaudan el impuesto al turismo, tendrán plazo para presentar declarar y pagar el valor del impuesto correspondiente al primer y segundo trimestre del 2020 hasta el 30 de octubre de este año.

Entre tanto, se han autorizado los vuelos de carácter humanitario o fuerza mayor para permitir que los colombianos que están atrapados en otras partes del mundo puedan regresar a casa y, de igual manera, los gobiernos de otros países puedan devolver a sus connacionales.

Author Signature
Redacción Minuto30

Lo que leas hoy en Minuto30... Mañana será noticia.

  • Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio

    Acceder a subsidios VIS por más de 108 millones, las familias antioqueñas pueden hacerlo