Cajamarca y la consulta popular, dejaron contra la espada y la pared el futuro del desarrollo económico en Colombia y la advertencia desde ya, de una reforma tributaria aún más agresiva que la de este 2017, a cuentas de las posibles demandas internacionales, el temor de la industria minera LEGAL y el freno a un sector que según cuentas de la ANM, aportó algo más de 10 billones de pesos en regalías, desde el 2010 hasta la fecha.

La polémica crece con los días, ya no es un problema de Anglogold Ashanti, y la extraordinaria cifra de 28 millones de onzas de oro en la Colosa (con un precio promedio de onza 1246,2 USD) es un problema de todas las compañías mineras que están en este país, escondidas detrás del “no me ven”.

Hemos pasado por alto desde el sector minero, el difícil momento que estamos atravesando y muchas compañías no despertaran y exigirán sus derechos adquiridos, hasta el día que un ambientalista basado en datos sin argumentos, en supuestos, o ficciones creadas con chismes de corredores o auspiciados por un político, salga a mover las masas con el argumento del “si al agua no al oro”, para suspender y declinar la viabilidad de una fuente de empleo e ingresos para el país.

El populismo se tomó las ideas técnicas y científicas, vale más el concepto de un revoltoso con miras a las elecciones, con el fácil discurso de la destrucción y la afectación al agua, sin contar con un mínimo de credibilidad ingenieril, que la realidad de un país que ya no vive del agro, con la industria de capa caída, y la carga impositiva doblegando el espíritu de cualquier emprendedor.

Lo que la Colosa deja de aportar en REGALÍAS al país, equivale en palabras del geólogo senior de exploración Mauricio Valencia Marín, “ a lo que nos clavaron con esta reforma tributaria: 6.2 billones de pesos”.

Sobraría para darle hasta los tuétanos, a la corrupción rampante y galopante que se erige con bustos de mal gusto en cada rincón de Colombia, gastándose lo que se paga en regalías, que eliminan del panorama, lo importante que es la industria extractiva.

Hoy el debate se concentró entre, el derecho consolidado que deja un título minero debidamente otorgado (no a dedo como lo han querido manifestar muchos “críticos” de la minería) y el derecho constitucional, que genera el constituyente primario al salir a votar con un triunfo arrasador y sin precedentes.

Sin duda ENGAÑARON al ciudadano en Cajamarca.

En Colombia, un título minero es, un derecho que otorga el Estado a un particular, a través de un acto administrativo inscrito en el Registro Minero Nacional, con el cual se otorga el derecho exclusivo y excluyente, para realizar labores de exploración y explotación en el suelo y subsuelo colombiano. (Desde ley 20 de 1969, Decreto 2655 de 1988 y Ley 685 de 2001)

Lo que se vislumbra en esta explicación, es que un título minero es un derecho en concreto, “NO ES UNA MERA EXPECTATIVA” como algunos colegas juristas, han tratado de insinuar sin conocimiento y de manera irresponsable.

En nuestro sistema jurídico minero, cuando hablamos de “mera expectativa” nos referimos en otrora, a las solicitudes de licencias, o en nuestro actual código de minas, a las propuestas de contrato de concesión minera.

NO EXISTE en Colombia, jurisprudencia que determine que el título minero, es una mera expectativa en si mismo, es un derecho que se otorga al particular, el cual debe tener una serie de requisitos técnicos geológicos y ambientales, para poder desarrollar actividades extractivas, estos son: Programa de Trabajos y Obras, y licencia ambiental. (previa presentación del Estudio de Impacto Ambiental).

Sin embargo, no tener estos dos estudios no es sinónimo de una mera expectativa hablando jurídicamente, la expectativa para quien tiene un título minero, es simplemente económica, pero señalar que el Estado puede revocarlo simplemente por ser expectativa, desconoce no solamente los principios de contratación estatal, sino también, lo señalado en la misma constitución política de Colombia, en relación a la prioridad de la utilidad pública. (La minería constitucionalmente es una utilidad pública).

En si, el contrato de concesión minera es un derecho desde el momento de su inscripción en el Registro Minero Nacional, y consolida un deber del Estado, en cumplir con lo pactado, si el particular, cumple con cada requisito técnico y legal; no es a discreción ni selectivo.

Al ciudadano le dijeron, que si votaba NO, desparecería la COLOSA, y esto no es cierto, desde el punto de vista jurídico minero, lo decidido operará al futuro, no al pasado, por lo que una vez el Concejo de Cajamarca emita el Acuerdo aceptando la decisión popular, que fue viable según el Consejo de Estado, aún con una pregunta que no fue clara para la población, quedará absolutamente prohibido presentar nuevas propuestas de contrato de concesión minera en el área del municipio, pero los títulos mineros ya otorgados, no podrán ser revocados.

De ser revocados, nos esperarán no solo una, sino varias demandas internacionales, que no alcanzará ni toda la papa, ni la yuca ni el maíz, para responder por nuestros actos irresponsables, de entregarle al populismo, a las mentiras y a la falta de lógica técnica, el futuro de un país que necesita la minería para sobrevivir. @juancaval

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Redacción Minuto30

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