El funcionario indicó que según esta normatividad, las autoridades locales son responsables de la gestión del riesgo, es decir del conocimiento del riesgo, la reducción del riesgo y el manejo de desastres, mientras que los habitantes del territorio son corresponsables, acatando lo dispuesto por las autoridades, actuando con precaución, solidaridad y autoprotección en lo personal y con sus bienes.
Antioquia ya cumplió con este requisito al emitir el Decreto 2049 del 23 de agosto de 2012, el cual conforma y organiza el consejo Departamental del Riesgo y sus comisiones.
Por este motivo Hernández Correa, sugiere a las administraciones municipales avanzar en la elaboración de los Decretos para implementar en los municipios, los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo –CMGRD- antes conocido como Clopad y adoptar el Plan Municipal para la Gestión del Riesgo.
Cabe anotar que según la ley, este viernes 7 de septiembre del presente año, los alcaldes debían tener listo el primer decreto mencionado y que todavía hay plazo para elaborar los planes municipales.
La Gobernación de Antioquia a través del Dapard y el Departamento Administrativo de Planeación, en coordinación con la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de la Presidencia de la República y las Corporaciones Autónomas Regionales, han venido efectuando procesos de capacitación en las nueve regiones, con el fin de preparar a las administraciones municipales para dar cumplimiento a las disposiciones de la norma.
En comunicación escrita el Dapard solicitó a las alcaldías que remitan en medio magnético copia de la resolución en la cual se adopta el Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo y avancen en el cumplimiento del artículo 37 de la Ley 1523, el cual dispone las medidas necesarias para elaborar y adoptar el Plan municipal para la Gestión del Riesgo.
Estos Planes, son las cartas de navegación para que los municipios prioricen, programen y ejecuten acciones, en el marco de los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo del desastre.