
Foto: @Coneolavozdelpu
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a Alejandro José Lyons Muskus por el delito de concierto para delinquir agravado a una pena principal de 5 años y 3 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.
Esto como resultado de la aceptación por parte del acusado de haber sido el promotor de un acuerdo criminal para apropiarse de recursos públicos provenientes de las regalías.
Acorde con el fallo, resultó evidente el dolo del exgobernador de Córdoba para llevar a cabo su idea criminal. Lyons modificó la planta de personal para crear un cargo en el que nombró a su propio emisario.
El alto tribunal enfatizó que la empresa delictiva superó la barrera del mero propósito de cometer delitos indeterminados con vocación de permanencia en el tiempo, dado que arrojó resultados efectivos apropiándose el acusado de aproximadamente $ 9 mil millones.
La Corte le negó al exgobernador la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión intramural. Para hacer efectiva esta pena el alto tribunal ordenó adelantar el trámite para que Alejandro Lyons sea extraditado desde EE UU.
Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-6052018 (51341), Mar. 21/18
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