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Polémico fallo: Corte bajó a 18 meses la condena de una mujer trans por actos sexuales con menores

Confirman la responsabilidad penal de la mujer trans, pero modificó la condena al considerar el contexto de violencia que enfrentaba.

Publicado por: Melissa Noreña

juez preacuerdo carnicero
Foto: Archivo
Polémico fallo: Corte bajó a 18 meses la condena de una mujer trans por actos sexuales con menores

Resumen: La Corte Suprema redujo la condena de una mujer trans de 9 años a 18 meses tras valorar su contexto de marginalidad y confirmar su responsabilidad.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución que había emitido el Tribunal Superior de Medellín contra una mujer trans procesada por actos sexuales con menores de edad.

Tras revisar el expediente, el alto tribunal confirmó su responsabilidad penal, aunque modificó de manera significativa la condena al considerar las condiciones de vulnerabilidad y discriminación que marcaron su vida.

De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron cuando la procesada sostuvo besos e interacciones de connotación sexual con dos niños que se acercaron a ella en la vía pública. Para la Corte, las pruebas recaudadas permitieron establecer que existió un comportamiento con contenido sexual, por lo que concluyó que la absolución dictada anteriormente no tenía sustento técnico suficiente.

No obstante, al momento de fijar la condena, los magistrados realizaron un análisis sobre el contexto social de la mujer trans. En el fallo se expone que la procesada vivía en condiciones de marginalidad y había sido víctima de violencia, discriminación e irrespeto sistemático debido a su identidad de género.

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Según la decisión judicial, esas circunstancias no eliminan la responsabilidad penal, pero sí debían ser consideradas al momento de individualizar la pena. Por ello, la Corte aplicó un enfoque diferencial para valorar su situación de vulnerabilidad y ajustar la sanción impuesta.

Como resultado de ese análisis, el alto tribunal redujo la condena de 108 meses de prisión, equivalentes a nueve años, a una pena de 18 meses.

Con esta determinación, la Corte Suprema fija un precedente sobre la aplicación de enfoques diferenciales en la dosificación de las penas, al tiempo que reafirma que la protección de los derechos de los menores de edad sigue siendo un principio esencial dentro de las decisiones judiciales.

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