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Corte ordenaría que Duque sancione objeciones sobre la Ley Estatutaria de la JEP

Para el próximo miércoles tienen programado un debate en la Sala Plena de la Corte de Constitucional para hablar sobre la consulta que Alejandro Chacón, presidente de la Cámara de Representantes hizo sobre las objeciones que planteó el presidente Iván Duque en seis artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, […]

Publicado por: Minuto30

Foto: Archivo

Foto: Archivo

Para el próximo miércoles tienen programado un debate en la Sala Plena de la Corte de Constitucional para hablar sobre la consulta que Alejandro Chacón, presidente de la Cámara de Representantes hizo sobre las objeciones que planteó el presidente Iván Duque en seis artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP. Pero el jefe de Estado hizo objeciones de carácter constitucional y no está facultado para ello, según conoció LA FM.

De acuerdo con Chacón, las objeciones del presidente Iván Duque a la ley estatutaria de la JEP no tienen un carácter de inconveniencia, sino de constitucionalidad.

Los magistrados le ordenarían al Congreso de la República devolver todo el expediente de la ley estatutaria de la JEP a la Presidencia para que se realice su respectiva sanción y promulgación, según RCN Radio.

Eso daría a entender que el jefe de Estado en efecto sí tiene la facultad para objetar leyes estatutarias, pero en cuestiones de la JEP es diferente, hace parte de un proceso de paz por la cual lo acordado está protegido por los acuerdos que se firmaron.

El presidente puede objetar una Ley Estatutaria en circunstancias normales, pero en circunstancias especiales el artículo 22 de la Constitución y el AL 02 de 2017 que es como un blindaje del Acuerdo Final.

Con esta ley ya pasaron a cosa juzgada por lo que no se puede hacer nuevamente el trámite, le ordenarán al Jefe de Estado realizar la sanción presidencial y adelantar los pasos para que se promulgue.

Algunas de las indeterminaciones que tiene el escrito de objeciones han sido resueltas por la Corte en distintas sentencias o pueden determinarse con función entregadas por el acto administrativo AL 02 de 2015, la cual es la de resolver conflictos de competencia entre jurisdicciones.

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Minuto30 Agencias

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