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Confirmado: Gobierno ilegítimo

Por: Bernardo Henao Jaramillo

Confirmado: Gobierno ilegítimo

Resumen: Según los reportes conocidos, el CNE ratificó la sanción contra la campaña Petro Presidente 2022 con una votación de 6 contra 2, luego de resolver los recursos presentados contra la decisión inicial.

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La reciente decisión del Consejo Nacional Electoral sobre la campaña Petro Presidente 2022 no es un episodio administrativo. No es una multa más. No es una discusión de formularios, contadores, gerentes o tesoreros. Es, probablemente, una de las decisiones electorales más graves que haya conocido Colombia desde la Constitución de 1991, e incluso desde antes: la autoridad electoral confirmó que la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia violó los topes de financiación.

Esa conducta que unida a otros episodios ampliamente divulgados y por ende conocidos por el pueblo colombiano no dejan duda sobre la ilegitimidad de su actual presidente.

Según los reportes conocidos, el CNE ratificó la sanción contra la campaña Petro Presidente 2022 con una votación de 6 contra 2, luego de resolver los recursos presentados contra la decisión inicial.

Los montos son escandalosos. La campaña Petro Presidente habría superado los topes y omitido reportes por más de $5.300 millones de pesos. De acuerdo con los hallazgos divulgados sobre la investigación del CNE, las irregularidades abarcarían más de $3.700 millones en primera vuelta y cerca de $1.600 millones en segunda vuelta.

La Constitución recoge el querer del pueblo, es un texto codificado surgido del poder constituyente que determina el marco que delimita, entre otras, la estructura, el sistema de gobierno de un país.

En Colombia la Carta Política de 1991en la cual tuvieron una activa participación los miembros del M19, establece que el pueblo de Colombia “decreta, sanciona y promulga” que Colombia es un Estado Social de Derecho y democrático (Art.1) y en pro de esas características en su artículo 109 hace obligatoria la rendición de cuentas por los candidatos y las organizaciones políticas, sobre el monto, origen y destino de sus ingresos. En armonía con esa disposición las leyes, como la 1475 de 2011, especifican los lineamientos de los informes por medio de los cuales se rinde cuentas de la financiación de campaña.

Es por ello que en cualquier país el incumplimiento de esa exigencia constitucional y legal que garantiza la igualdad de condiciones electorales conlleva la ineficacia del proceso electoral y por contera la crisis de legitimidad del gobierno así elegido, en tanto rompe el orden constitucional, violenta el ordenamiento jurídico y quebranta las garantías electorales. El artículo 109 de la Constitución Política en simetría con la gravedad de la falta una vez se comprueba, impone como sanción “la pérdida de investidura o del cargo”

Por eso la discusión de fondo no puede agotarse en multas. Si la Constitución dice que la violación debidamente comprobada de topes acarrea pérdida de investidura o del cargo, entonces Colombia no puede aceptar que una campaña presidencial sancionada termine convertida apenas en una anécdota contable. La consecuencia constitucional debe ser examinada, tramitada y enfrentada por las autoridades competentes.

La investigación no nació contra Gustavo Petro por sus actos de gobierno. No se trata de juzgar una reforma, un decreto, un nombramiento o una decisión presidencial. Se trata de la campaña del candidato Gustavo Petro Urrego, avalado por los partidos del Pacto Histórico, que obtuvo una credencial presidencial como resultado de esa contienda. El fuero protege el ejercicio del cargo, pero no puede admitirse que se convierta en una máquina para purificar retroactivamente el origen irregular de la elección.

Y si esa campaña era de una fórmula, la consecuencia política no puede limitarse al Presidente. La fórmula incluía por supuesto, a la vicepresidente. Fueron elegidos en la misma campaña, con una misma estructura, una misma financiación, unos mismos gastos, unos mismos partidos y una misma credencial electoral. Si la campaña que produjo esas credenciales violó los topes, la afectación democrática compromete a la fórmula completa.

El CNE también compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue la posible responsabilidad penal de los directivos y responsables de la campaña señalados en la decisión. Ese elemento es fundamental: si la autoridad electoral encontró hechos suficientemente graves como para remitirlos al ente acusador, entonces el país no está frente a un simple incumplimiento formal, sino ante un caso que debe tener consecuencias penales, comenzando por Ricardo Roa, gerente de la campaña, así como por los demás responsables financieros, administrativos y políticos señalados en la decisión del CNE.

La Fiscalía deberá establecer si las conductas asociadas a la financiación, administración, reporte y eventual ocultamiento de gastos y aportantes y recibir “donaciones prohibidas” en esa campaña presidencial configuran delitos.

Por eso esta decisión no puede archivarse como un capítulo más de la polarización colombiana. No es una pelea entre petrismo y oposición. No es un pulso de narrativas. Es una prueba de supervivencia institucional. O la Constitución se aplica cuando el poder la incomoda o la Constitución deja de ser norma y pasa a ser literatura.

Colombia debe entender la gravedad del momento. Una campaña presidencial sancionada por violar topes no produce simplemente un escándalo: produce una fractura de legitimidad. Y cuando esa campaña es la que llevó al poder al Presidente y a la Vicepresidente, la consecuencia no puede agotarse en los responsables financieros. El debate debe subir al nivel que corresponde: la validez democrática de las credenciales obtenidas y la eventual pérdida del cargo prevista por la Constitución.

La elección de 2022 queda, desde este momento, bajo una sombra histórica. El país puede discutir procedimientos, competencias y rutas institucionales. Pero no puede negar el núcleo del problema: la campaña ganadora violó las reglas de financiación que garantizaban la igualdad democrática, fue sancionada por la autoridad electoral y, además, sus directivos deberán responder ante la Fiscalía General de la Nación.

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Redacción Minuto30

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