Resumen: Rodolfo Hernández, exalcalde de Bucaramanga, ha sido condenado a 64 meses de prisión por celebración indebida de contratos. Debido a su edad y estado de salud, se le concedió la detención domiciliaria. Además, fue multado y se le inhabilitó para ejercer funciones públicas.
El exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez, ha sido condenado a 64 meses de prisión por la celebración indebida de contratos. El juez le concedió la detención domiciliaria debido a su edad y estado de salud.
En una sentencia emitida por el Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga, se dictaminó lo siguiente:
1. Condena principal: Rodolfo Hernández Suárez ha sido condenado a 64 meses de prisión, una multa equivalente a 66.66 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por 80 meses.
Esto se debe a su participación directa en el delito de interés indebido en la celebración de contratos, según lo estipulado en el artículo 409 del Código Penal.
2. Negación de suspensión condicional: La solicitud de suspensión condicional de la ejecución de la pena fue negada, conforme a los fundamentos expuestos en la sentencia.
3. Prisión domiciliaria: Debido a una enfermedad grave incompatible con la vida en reclusión, se concedió la prisión domiciliaria a Rodolfo Hernández Suárez, de acuerdo con el artículo 314 del Código de Procedimiento Penal.
Hernández deberá suscribir un acta de compromiso con las obligaciones descritas en el artículo 38 del Código Penal y prestar una caución prendaria consistente en un depósito judicial equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
4. Incidente de reparación integral: Una vez la sentencia quede en firme, se iniciará el incidente de reparación integral para reclamar los perjuicios ocasionados por los hechos punibles.
5. Comunicaciones oficiales: Se ordenó la notificación de esta decisión a través de los artículos 166 y 462 del Código de Procedimiento Penal, enviando una copia de la sentencia junto con su ficha técnica a los juzgados de ejecución de penas y seguridad de Bucaramanga.
6. Derecho a apelación: Esta decisión fue notificada en estrados, y contra ella procede el recurso de apelación.
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