La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena en contra de los exconcejales de Cartagena (Bolívar), César Augusto Pión González y Américo Elías Mendoza Quessep, por el delito de prevaricato por acción.
En ese sentido, los dos exfuncionarios deberán cumplir una pena de cuatro años de prisión domiciliaria, pagar una multa equivalente a 66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y acatar una inhabilidad de 80 meses para el ejercicio funciones públicas.
La Fiscalía General de la Nación logró probar que en marzo de 2012, Pión González y Mendoza Quessep, presidente y vicepresidente del Concejo de Cartagena, respectivamente, expidieron 35 decretos que ordenaban la reliquidación de los honorarios de algunos concejales y exconcejales.
De esta manera, se iban a pagar cerca de 7.200 millones de pesos por concepto de salarios y prestaciones a los que no tenían derecho los beneficiados.
Los dos exconcejales fueron absueltos por un juez de conocimiento, en abril de 2021.
La Fiscalía apeló, y el Tribunal Superior de Cartagena revocó la decisión de primera instancia y emitió condena, en enero de 2022. Ahora, la Corte Suprema de Justicia deja en firme esta determinación.
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