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Cómo registrar el blindaje o desmonte del blindaje de un vehículo: Paso a paso

Es obligación del propietario de un automotor registrar, ante el Organismo de Tránsito, la instalación o retiro de material a prueba de proyectiles en un vehículo. Dicho trámite tiene un costo de $106.500 y se realiza en las diferentes sedes SIM (Servicios Integrales para la Movilidad) de la ciudad. Requisitos generales Formulario de solicitud de […]

Publicado por: SoloDuque

Es obligación del propietario de un automotor registrar, ante el Organismo de Tránsito, la instalación o retiro de material a prueba de proyectiles en un vehículo. Dicho trámite tiene un costo de $106.500 y se realiza en las diferentes sedes SIM (Servicios Integrales para la Movilidad) de la ciudad.

blindaje auto

Requisitos generales

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. (Descargue el formulario aqui.)
  • SOAT vigente incorporado en RUNT.
  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
  • Pago de los derechos del trámite.
  • Para niveles de blindaje tres (III) y cuatro (IV) resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo.
  • Certificado de la empresa blindadora que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas. Esto para todos los niveles de blindaje.
  • Copias de los recibos de pago de los últimos cinco años de impuestos del vehículo.
  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
  • Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:

Decreto 6 de 1993, “Por el cual se expiden normas de control sobre el porte de armas, municiones y explosivos y se dictan otras disposiciones”

Resolución 36 de 1999, “Por medio de la cual se definen los requisitos para la prestación del servicio en el Área de Atención al Usuario”

Author Signature
Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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