Rufino José Cuervo

En Bogotá se ha abierto una convocatoria para quien quiera recibir la millonaria herencia de Rufino José Cuervo, acorde a las exigencias que debe tener el afortunado y que el mismo Cuervo dejó estipuladas en su testamento.

Rufino José Cuervo es considerado una de las grandes figuras de la filosofía y las letras del siglo XIX. Para la posteridad, el literato dejó importantes estudios de literatura y lingüística, como su libro más preciado ‘Apuntaciones críticas sobre el lenguaje bogotano’ y el instituto que lleva su nombre Instituto Caro y Cuervo. 

Del mismo modo, el filósofo dejó un peculiar testamento con $19’.095.150 (diez y nueve millones noventa y cinco mil ciento cincuenta pesos) para aquel bogotano que cumpla determinadas características, acorde lo ha dado a conocer la Secretaría de Integración Social. 

En esencia, según las peticiones del erudito, los aspirantes deberán ser tipógrafos, nacidos en Bogotá y reconocidamente honrados, de escasos recursos y padres cabezas de familia.

Los interesados tendrán oportunidad solo hasta el próximo 8 de noviembre a las 10:00 de la mañana para llevar la documentación solicitada a 7 #32-16, piso 20, en la subdirección de contratación en Bogotá.  

Requisitos de la convocatoria: 

a) Carta de presentación de la postulación solicitud del legado

El participante deberá presentar la carta de presentación de la postulación, según modelo suministrado por la Secretaría de Integración Social en el FORMATO # 1 “Carta de presentación de la Postulación” y los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

La carta de presentación de la postulación deberá ser firmada por el participante

El FORMATO #1 “Carta de presentación de la Postulación” adjunto a la presente convocatoria pública, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el participante. Por lo tanto, el interesado podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el participante deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la Secretaría.

b) Registro civil de nacimiento o partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica

Siendo éste el documento idóneo para probar la condición de bogotano de nacimiento, deberá adjuntar copia legible de la respectiva notaria del círculo de Bogotá. Cabe anotar que las presentes convocatorias sólo podrán participar ciudadanos nacidos en Bogotá. Cuando no se cuente con el citado documento se podrá acreditar la condición de bogotano de nacimiento mediante la copia de la partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica.

c) Fotocopia de cédula de ciudadanía

d) Copia de certificación bancaria donde certifique número y tipo de cuenta a su nombre radicada en la ciudad Bogotá.

Nota: La Secretaría Distrital de Integración Social verificará que no haya sido favorecido por éste legado anteriormente.

Calidades de los participantes

Obrero tipógrafo

Los participantes en la presente convocatoria pública deberán acreditar la condición de obrero tipógrafo mediante los siguientes documentos:

. Certificación laboral que acredite su calidad de obrero tipógrafo

. Dos (2), certificaciones de las personas a las cuales les haya prestado sus servicios de obrero tipógrafo

. Documento expedido por autoridad administrativa competente en el cual se acredite su calidad de obrero tipógrafo

Persona natural de escasos recursos

La Secretaría requiere que los participantes en la presente convocatoria acrediten la condición de persona de escasos recursos, para ello deberán aportar los siguientes documentos

. Copia del último recibo de pago de algún servicio público domiciliario del lugar de residencia

. Certificación laboral de ingresos mensuales que no superen más de dos (2), salarios mínimos legales vigentes (SMLV).

. En el evento de encontrarse desempleado deberá aportar copia del SISBÉN en el que certifique que pertenecen al régimen subsidiado o en caso de estar en el régimen contributivo de salud, deberá aportar la respectiva planilla de pago correspondiente al mes de octubre de 2019

Nota 1: Sólo podrán participar en la presente convocatoria las personas de estratos 1 y 2

Nota 2: Cuando se trate de personas pensionadas, deberán acreditar mediante certificación de la entidad que les otorgó la pensión, el valor de la misma, la cual no podrá superar 2 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), para efectos de la presente convocatoria.

Nota 3: No serán válidas las certificaciones expedidas por la misma persona, ni los contratos verbales.

Nota 4: Toda la información allegada será objeto de verificación por parte de la entidad, sin perjuicio de las acciones que pueda incurrir por incongruencias en los documentos o con la realidad.

El incumplimiento de las calidades requeridas o la no presentación de los soportes requeridos generarán el RECHAZO de la postulación, de acuerdo con lo establecido en el legado del señor Rufino José Cuervo. Así mismo cualquier incongruencia con la documentación allegada o que no corresponda a la realidad.

Padre cabeza de familia

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán acreditar la condición de padre cabeza de familia, para ello deberá aportar los siguientes documentos:

• Registro civil de matrimonio o partida eclesiástica de matrimonio, en caso de tener sociedad conyugal vigente. Igualmente se aceptará el documento donde conste la conformación de la unión marital de hecho (declaración extrajuicio de la unión), en caso de existir. Dicho requisito no es necesario para aquellas personas que sean separadas o que estén a cargo de diferentes personas.

• Copia del Registro civil de nacimiento de todos los hijos (bien sean matrimoniales o extramatrimoniales).

• Declaración bajo gravedad de juramento en la que conste las personas que se encuentran a su cargo.

NOTA ACLARATORIA: El incumplimiento de cualquiera de las condiciones aquí descritas será objeto de rechazo de la postulación.

El incumplimiento de las calidades requeridas o la no presentación de los soportes requeridos generarán el rechazo de la postulación, de acuerdo con lo establecido en el legado del señor Cuervo. Así mismo cualquier incongruencia con la documentación allegada o que no corresponda a la realidad.

Cabe reiterar que en el caso de que las personas que participen en el proceso de elección del legado no cumplan con las condiciones exigidas en el testamento para ser legatarios, se realizará una nueva convocatoria de conformidad con dicho testamento.

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Redacción Minuto30

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