Nelson Hurtado O

Con un amigo repito, que si de demócratas vamos a hablar, el más grande demócrata en toda la historia de la humanidad, fue, ha sido y seguirá siendo: PONCIO PILATOS. Simple. PILATOS convocó al pueblo a asamblea y dejó en manos del pueblo, dictar la SENTENCIA. -PILATOS, solo preguntó al pueblo: ¿A quién queréis? – y el PUEBLO decidió: ¡A JESÚS!- Era el Estado de opinión, democrático, pluralista, participativo, incluyente.

Nelson Hurtado O

Nelson Hurtado O

Grandes medios de TV, prensa, radio, internet, etc., se rasgaron las vestiduras porque el congreso de Colombia, “peluquió” el famoso proyecto de ley, conocido como de “cárcel para los choferes borrachos”

Y es que esa trasquilada legislativa, aunque era previsible, no lo era tanto desde lo probable, como sí desde lo posible. Por fortuna, el Congreso echó tijera.

En los últimos cuatro años, han ocurrido en Colombia, numerosos hechos o incidentes viales, (porque realmente no existen accidentes de tránsito), en los cuales se provocan a los seres humanos, lesiones y muertes, desgraciadas, costosísimas desde el bioderecho, la coexistencia, la paz, la justicia y también desde la economía; hechos o incidentes viales, en los que mínimamente uno de los actores, se encontraba bajo los efectos de la ingesta de bebidas alcohólicas o de otras porquerías, conocidas en términos generales como sustancias o drogas sicotrópicas, narcóticas, alucinógenas, etc.

De todos las lesiones o muertes ocurridas en estos repudiables hechos o incidentes viales, solo unos cuantos han logrado trascender a los medios: televisión, prensa, radio, internet y en lo que me consta, en ellos uno MIRA, que han llegado allí, a través de una representante a la cámara, que casi in situ del hecho, como que transmite en vivo y en directo y arenga y amenaza y criminaliza y cuelga carteles de “peligroso para la comunidad” y anuncia proyectos de ley y dicta sentencias, con privación efectiva de la libertad, intramural y no excarcelable.

YO NO DEFIENDO CONDUCTORES BORRACHOS, lo he dicho en todos los eventos académicos, en la televisión, la prensa y la radio, en programas en que he interactuado, incluso con las autoridades de tránsito y lo reitero ahora.

Pero como ser humano, como ciudadano y como abogado, me es imposible manifestarme en favor de un proyecto de ley, que ha tenido varias intentonas de colarse, en el ordenamiento jurídico penal colombiano, con más daño que beneficio.

Que lo haya propuesto el mismo ROY, con algunas variables y la misma finalidad, hasta uno lo entiende; qué no podrá proponer Roy. Pero que el mismo proyecto de ley, sea el mismo tantas veces anunciado y acolitado por los grandes medios de televisión, prensa y radio de este país, el mismo que tantas veces se ha hundido en el congreso y el mismo propuesto por la misma representante a la cámara y abogada, realmente deja la boca amarga.

Preocupa y esto es lo más grave, que los colombianos decimos amar mucho la Patria, la democracia, la paz, la justicia, pero negamos la validez y la vigencia del ordenamiento jurídico, desde la creencia de que el DERECHO y la LEY, son y deben ser, la exacta medida de “mis DERECHOS” y que esos “mis derechos”, están garantizados, protegidos y realizados, cuando satisfacen plenamente, lo personal e individualmente querido y deseado, cuando esos “mis derechos” tienen la talla y el peso exacto de “mis gustos”. Así, desde el “derecho y la ley al gusto”, se yergue el no derecho, se legitima y legaliza el no reconocimiento del “otro” y por vía legislativa, se deroga el conocimiento adquirido por la humanidad, a través de su historia, específicamente respecto de los llamados tipos penales, desde la sistémica dogmática jurídico penal, que harta sangre, dolor y horror le ha costado a la humanidad.

Claro ejemplo y contundente, desde el “derecho y la ley a gusto”, son las agresiones que debemos soportar los ciudadanos, por parte de: bancos, eps, supermercados, desde la famosa respuesta de “es política de la empresa”, en la cual cabe lo ocurrido en CARULLA, donde la fragilidad de la condición humana, es reprimida por manu propia, agrediendo a una dama que vomita dentro del almacén y a su acompañante que por ella justamente reclama.

Si uno MIRA bien las cosas, el proyecto de ley de “cárcel para los borrachos”, era como la punta del ovillo, para que ante la incidentalidad vial, que seguirá siendo siempre creciente y constante en la producción de resultados de lesiones y muerte, mañana, desde la televisión y los grandes medios, apareciera el legislador preguntando: -¿Qué queréis?, sin que la respuesta, obvia, se hiciera esperar: -cadena perpetua, o muerte, o destierro-.

Ese era un proyecto de ley penal, que recogía, sed de venganza, de vindicta, negaciones del derecho penal, pero aupada y con eco de los grandes medios, por una legisladora, francamente irresponsable, en la que es evidente su desconocimiento de lo que es el derecho penal, la función del tipo penal y de la pena y sobre todo, el desconocimiento de que los tipos penales, son como el compendio de lo que han sido las luchas, el dolor y el horror de la humanidad, por la VIDA, la LIBERTAD y la DIGNIDAD HUMANA.

Grave desconocimiento de la legisladora, de la Constitución Nacional de Colombia, que hace de la DIGNIDAD HUMANA, el principio fundante y que en materia penal, introduce los principios de mínima intervención, en la afectación de derechos fundamentales, racionalidad y razonabilidad, proporcionalidad, etc., y que el Código Penal y el de Procedimiento Penal, hacen objetivos, bajo las reglas que enseñan que: la libertad es la regla general y que la privación de la libertad, es la excepción, que a la responsabilidad, no basta la causalidad fáctica.

Grave desconocimiento de la legisladora, cuando motu proprio, subjetivamente, califica de “peligrosos para la comunidad”, a personas, que como conductores bajo los efectos de la ingesta de licor o de otras sustancias, se ven involucrados en incidentes viales, con resultados de lesiones y muerte, para quienes, desde el mismo instante en que ocurren, tan lamentables y desgraciados hechos, confinan a la cárcel, bajo privación efectiva de la libertad, intramural y a la cual, no pocos jueces de control de garantías, reducen indiscriminadamente a no pocos ciudadanos, bajo la premisa de haber sido “capturados en flagrancia”, cosa muy discutible en los delitos imprudentes, ocurridos en el tráfico terrestre automotor y por lo general, con fundamento en una “prueba”, que no prueba nada, respecto de la responsabilidad penal, como es el plano in situ del hecho o incidente vial, y fundamentalmente, con base en la halitosis alcohólica, a la cual es suficiente un agente de policía, con buen olfato, para quedar: capturado en flagrancia y reducido a prisión, intramural y no excarcelable.

Que los conductores borrachos son una plaga, claro; que desbordan los límites social y legalmente tolerados para el ejercicio de la actividad riesgosa, de conducir vehículos automotores, es claro; que se ponen en situación, no solo de autopuesta en peligro y de acciones a propio riesgo, sino además a otros actores del tráfico, eso es claro; pero de allí a señalarlos como “criminales”, tipos “peligrosos” para la sociedad, hay una enorme brecha. Jamás he visto a la parlamentaria de marras en RCN TV, ofreciendo proyectos de ley y pidiendo cárcel, para los verdaderos criminales que carga este país: corrupción, delincuentes de cuello blanco, tráfico de influencias, puertas giratorias, “paseos de la muerte” por clínicas y hospitales, celebración indebida de contratos, “carruseles de contratación”.

No es lo mismo producir una lesión o muerte, en y con ocasión de ser actor en el tráfico, que causarlas con dolo de lesionar o con dolo de matar.

Piénsese nada más en un incidente vial, que involucre a un conductor con alcoholemia, pero que transita con prelación de paso, por la luz verde del semáforo y otro conductor, que sin alcoholemia, cruza, sin acatar la luz roja del semáforo, que hay en su vía y antes del cruce y colisiona con el otro auto y fallece.

Lo que no vislumbra el pueblo colombiano, en los “momentos de efervescencia y calor”, es que el legislador no puede pretender crear tipos penales, desconectados de la historia de la humanidad, especialmente de la del derecho penal, de su sistematicidad garantizadora y sólo atizados por el fuego de las pasiones y las emociones y los intereses electorales, pues que “la libertad de configuración del legislador”, no abre el paso a su subjetividad, a su arbitrariedad y a su capricho.

Las lesiones y muerte producidas en hechos o incidentes viales, han sido tipificadas por el legislador colombiano, como DELITOS CULPOSOS, con una pena que está agravada, cuando hay consumo de alcohol, por lo que no hay lugar, ni mucho menos a hablar de delitos con dolo eventual y mucho menos que pueda el fiscal o el juez, imputar y condenar por dolo eventual, salvo que se arroguen función legislativa.

Pienso, que, en el congreso debería cursar un proyecto de ley, de “cárcel pa´los legisladores borrachos”, pues a la postre con proyectos de ley, como el “peluquiao”, resulta más mala la cura que la enfermedad, pues la ignorancia, el desconocimiento del legislador, le producen “borracheras” mucho más peligrosas para la vida, la libertad, la dignidad humana y la comunidad, que las producidas por la ingesta de bebidas embriagantes.

Es hora de empezar por donde es: el consumo de alcohol, es un problema de salud pública y la lucha contra las lesiones y muerte en las vías, por conductores borrachos, no se va a ganar, mientras sea el Estado el que estimule oficialmente el consumo de alcohol y su mezcla con la gasolina, como se aprecia en esta imagen de la FLA, en la pasada, feria de las flores en Medellín. @abogadohurtado

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Redacción Minuto30

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