Menú Últimas noticias
Pico y Placa Medellín Jueves: 5 - 9 5 - 9
Pico y Placa Medellín Jueves: 5 - 9 5 - 9
Minuto30 App

¡Instala nuestra App Web!

Agrega Minuto30 a tu pantalla de inicio para acceder más rápido a las noticias.

Los artículos que tumbó la Corte Constitucional del Código de Policía

Minuto30.com-. La Sala Plena de la Corte Constitucional, tras tumbar varios artículos del nuevo Código de Policía, aclaró que estos seguirán vigentes por dos años, plazo en el que el Congreso deberá regularlos. Sin embargo, aclaró el alto tribunal que después de cumplirse el plazo, hasta el 20 de junio de 2019, los artículos quedarán […]

Publicado por: SoloDuque

Presentan a 49 nuevos uniformados de la Policía que velarán por la seguridad en Carepa
Foto: Policía Urabá

Presentan a 49 nuevos uniformados de la Policía que velarán por la seguridad en Carepa

Foto tomada de archivo para ilustrar esta noticia.

Minuto30.com-. La Sala Plena de la Corte Constitucional, tras tumbar varios artículos del nuevo Código de Policía, aclaró que estos seguirán vigentes por dos años, plazo en el que el Congreso deberá regularlos.

Sin embargo, aclaró el alto tribunal que después de cumplirse el plazo, hasta el 20 de junio de 2019, los artículos quedarán sin vigencia.

En entrevista con el diario El País, Claudia Lorena Muñoz, subsecretaria de Servicios de Acceso a la Justicia de la Secretaría de Seguridad de Cali, explicó que los artículos que la Corte Constitucional declaró inexequibles hacen referencia a los requisitos para realizar manifestaciones en espacios públicos.

Uno de los artículos que fueron tumbados establecía que las autoridades municipales y concejos debían reglamentar los requisitos para realizar actividades que impliquen aglomeraciones.

El abogado Alfonso Lagos, le manifestó al diario que por ahora el Gobierno, las alcaldías y los concejos podrán expedir esos decretos reglamentarios, sin embargo qudarán sin vigencia una vez el Congreso los regule.

Otro capítulo tumbado tiene que ver con que los alcaldes debían autorizar el uso temporal del espacio público para las manifestaciones.

“El derecho de reunión tiene un carácter altamente democrático según los debates de la Asamblea Nacional Constituyente. La reglamentación del derecho de reunión debe corresponder a los límites que tienen como finalidad los derechos de los demás, tales como la protección a la integridad personal, la propiedad, el ejercicio pacífico del derecho de reunión en sí mismo y demás prohibiciones que la Constitución Política establece”, reza la demanda que fue aceptada por la Corte Constitucional.

La norma que establecía que por lo menos tres personas debían enviar un correo o comunicación a una autoridad administrativa, para dar aviso del evento público, también fue tumbada.

Lea también: Tumban parte del Código de Policía sobre el derecho a la protesta

Author Signature
Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


Anuncio
Minuto30 TV

Fico Gutiérrez muestra imágenes inéditas de los que armaron desmanes en el Atanasio

Comentarios

Valoramos la moderación y el respeto en nuestras conversaciones. Gracias por contribuir a un espacio positivo.