Los lineamientos señalan unas directrices prácticas, acordes con ciertas diferencias específicas del tema que tratan y de su contexto.

Los “Lineamientos para la elaboración y actualización, de códigos deontológicos de las profesiones del Talento Humano en Salud”, fueron presentados oficialmente por el Ministerio de Salud y Protección Social, por la Directora de Desarrollo del Talento Humano en Salud, Kattya Margarita Baquero Baquero, de modo virtual el 11 de julio de 2022. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/TH/lineamientos-codigos-deontologicos-ths.pdf

En este caso corresponden a la necesidad de actualizar los nueve códigos deontológicos que son leyes de profesiones del Talento Humano en Salud, todos publicados entre 1981 y 2008, y de completar hasta llegar a 2030 con catorce códigos, según lo establecido en la Política Nacional del Talento Humano en Salud de 2018 (p. 57, tabla “Metas Objetivo 6”). No se descarta que para el final de la década alcance esta meta una profesión más, para completar las quince mencionadas en el libro “Perfiles y competencias profesionales en Salud”, publicado en 2016 por este Ministerio.

La Ley 1164 de 2007 define: “Por Talento Humano en Salud se entiende todo el personal que interviene en la promoción, educación, información de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad de todos los habitantes del territorio nacional dentro de la estructura organizacional de la prestación de los servicios de salud.” (Artículo 1, inciso 2).

Los profesionales de la salud tenemos una responsabilidad mayor, por la profundidad y extensión de nuestra preparación laboral, de conocer, vivir coherentemente, desarrollar y enseñar, los contenidos éticos, deontológicos y bioéticos que garantizan el pleno ejercicio de los derechos humanos fundamentales a la vida, integridad, salud y pleno desarrollo, personal, familiar y social, teniendo en cuenta los últimos avances científicos, humanísticos, sociales y tecnológicos.

Esta enseñanza debe brindarse, no solo el Talento Humano en Salud a sí mismo, sino también a la sociedad entera, incluyendo a quienes hacen, interpretan y aplican las normas en salud, que deben ir todos al ritmo del desarrollo interdisciplinario basado en este caso en la mejor Deontología de cada disciplina que, en su mutuo compartir avances, produce los saberes de frontera que hacen posible el conocimiento transdisciplinario, detonante de un desarrollo humano más integral, incluyente, solidario, sostenible y constructivamente autónomo en el trabajo honesto y competente, del Talento Humano en Salud con todo otro miembro de nuestra especie que reciba sus cuidados.

Haciendo referencia a los Lineamientos, el texto principal señala: “Esta herramienta tiene como finalidad estimular el pleno desarrollo del Talento Humano en Salud y el de quienes reciben su influencia, en lo que está dependiendo de la calidad de los códigos deontológicos profesionales que son leyes, a la vez que sirve como referente para otros códigos deontológicos en salud.”

Para lograr la meta de dar, como se lee en estos Lineamientos, “[…] herramientas metodológicas para la construcción y actualización de códigos deontológicos, como parte del fortalecimiento del ejercicio autorregulado de las profesiones”, se facilita con su texto principal, que estos códigos de Ética, Deontología y Bioética, señalados en el título con el término “códigos deontológicos”, tengan una estructura jurídica más completa, actualizada y ordenada. Su Anexo I explica cómo utilizar los anexos II y III.

Principalmente con el Anexo II, el Ministerio de Salud y Protección Social estimula el salto del Talento Humano en Salud en Colombia, a la cultura y práctica deontológica con enfoque interdisciplinario y transdisciplinario, como corresponde al desarrollo global en el siglo XXI, pudiendo valorar y fortalecer aún más, tanto lo común como las diferencias específicas, de los aportes deontológicos de todas estas profesiones.

Este Anexo señala pautas para hacer bien las definiciones que son la clave de interpretación de los contenidos de los códigos deontológicos que son leyes, y profundiza no en el ser humano con sus perfecciones constituyentes, en la sinergia que es efecto de la interacción entre estas, y desglosa los modos de ser, facilitando un pluralismo constructivo y justo con todos, siempre aportante al pleno desarrollo de cada uno.

El Anexo III es una sábana en Excel que aporta, en la primera pestaña, texto completo, las nueve leyes que son códigos deontológicos en salud en nuestro país, el código y un juramento de la Asociación Médica Mundial, y quince códigos internacionales, uno por cada profesión del Talento Humano en Salud, que sirven como referentes tanto para elaboración en las seis profesiones que no tienen código que sea Ley, como para las que deben actualizarla. Estos documentos de tres continentes, contribuyen, a lograr una contextualización que fortalece la unidad en la variedad, de cada Ley deontológica en salud en Colombia.

La pestaña dos proporciona los términos simples de las nueve leyes deontológicas, de modo que se visualice por orden alfabético, rápidamente, en cuáles códigos está un término o si es exclusivo de alguno, pudiendo fácilmente identificar las fortalezas con las que cada profesión del Talento Humano en Salud hace aportes a las demás y valorar lo común y lo diferente en cada una. Tanto para la elaboración como para la actualización de estas leyes deontológicas, los Lineamientos brindan la posibilidad de contar con una  visión completa de lo que se ha logrado hasta el momento en las leyes deontológicas colombianas en salud.

En la tercera pestaña del Anexo III se observan los términos compuestos de dos códigos nacionales, uno código internacional y un juramento de ética médica, con los que se observa la correlación de términos simples, como estímulo para identificar, precisar y completar, con el trabajo comparativo, los distintos subtemas de estos códigos.

(https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/TH/anexos-lineamientos-deontologicos.zip )

Según la clasificación de estos Lineamientos, las profesiones exclusivas de la salud humana con código Ley de Ética, Deontología y Bioética, son Medicina, Odontología, Fisioterapia, Optometría, Enfermería, Terapia Ocupacional y Terapia Respiratoria, y falta que lo tengan Fonoaudiología, Instrumentación Quirúrgica y Nutrición y Dietética.

De las profesiones no exclusivas de la salud humana, tienen códigos que son leyes, Bacteriología y Psicología, y aún no tienen códigos que son leyes, Gerontología, Trabajo Social y Química Farmacéutica, profesión a la que el Estado impuso en el Decreto 1945 de 1996, normas vigentes según el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud, N.º 780 de 2016 https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf en el que se ordena en el Artículo 2.7.2.3.2.3.6  que haya un “Tribunal Disciplinario” que, según el Artículo 2.7.2.3.2.3.9 num. 4, es elegido por la Asamblea Nacional del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos. El Artículo 2.7.2.3.2.3.12 lit. m, indica entre las funciones de la Junta Directiva, expedir el Código de Ética Profesional, que actualmente sigue siendo aplicado por el Tribunal Disciplinario.

El documento principal de los nuevos Lineamientos explica: “Se espera que este documento funcione como recurso a quienes practican las profesiones del Talento Humano en Salud y a los que interactúan con ellos, y sirva de referencia a los usuarios y a los que redactan, aprueban, publican, regulan, difunden, interpretan, enseñan, aprenden, investigan y trabajan en salud, en tribunales, comités, comisiones, consejerías, asesorías, Consejos y en otros ámbitos, grupales e individuales, relacionados con Ética, Deontología y Bioética. Estos lineamientos podrían fortalecer la seguridad de los prestadores de servicios de salud ante las normas, en lo que depende de la Ética, Deontología y Bioética del ejercicio de su trabajo, por su mayor coherencia, razonabilidad y su temática y lenguaje actualizados, comprensibles y precisos.”

Parece deducible que es aprovechable la contribución de los nuevos Lineamientos, para acrecentar aún más el profesionalismo del Talento Humano en Salud, porque se pueden utilizar como una herramienta para enriquecer y estimular a vivir su Deontología, como una ruta hacia el pleno desarrollo de cada uno en cuanto persona y el de quienes se relacionan con sus servicios profesionales.

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Redacción Minuto30

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