La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medioambiente y el Desarrollo (CNUMAD) de 1992, que tuvo lugar en Río de Janeiro y que marcó un hito histórico, declaró el 22 de marzo de cada año como el Día mundial del agua. Se trataba y se trata de llamar la atención de la comunidad internacional sobre la importancia del recurso hídrico, sobre la necesidad de protegerlo y hacer un uso más racional del mismo.

Hay que recordar que la Asamblea General de las Naciones Unidas expidió en el 2010 la Resolución 64/292 que reconoce “el derecho humano al agua potable y al saneamiento” y reafirmó lo ya dispuesto en el 2008, en el sentido que “un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos”. Inexplicablemente el Proyecto de ley que convertía el acceso al agua potable como un derecho fundamental en Colombia se hundió en el Congreso de la República en diciembre del año anterior.

Uno de los Objetivos del desarrollo del Milenio fue reducir un 50% la proporción de personas sin acceso al agua potable en el mundo hacia el 2015. Desafortunadamente Colombia, según el Coordinador residente de las Naciones Unidas Fabrizio Hochschild, aunque avanzaba “en la dirección correcta” pero “no a la velocidad necesaria”. Nuevamente, entre los Objetivos del desarrollo sostenible (ODS) esta el acceso al agua limpia y tiene entre otras metas lograr el acceso  universal y equitativo al agua potable a un precio asequible para todos, así como la utilización eficiente del recurso hídrico. Esta sigue siendo una de las asignaturas pendientes de Colombia.

Por lo demás, hemos venido sosteniendo que el agua potable dejó de ser hace rato un bien libre para convertirse en un bien económico, el cual después de considerarse un recurso natural renovable, por cuenta del cambio climático, se tornó en un recurso natural no renovable y por lo tanto expuesto a su agotamiento. Como bien lo plantea el experto Álvaro Sánchez “el planeta no produce agua nueva, el agua es estable sobre la tierra”.

El tiempo ha terminado por darme la razón. Recientemente el mundo fue sorprendido con la noticia que el agua había empezado a cotizarse en Bolsa, al lado del oro, el crudo, el cobre y la soya. Y ello, en momentos en los que dos mil millones de personas viven en países con graves problemas de acceso al agua y se estima que próximamente dos tercios del planeta podrían experimentar escasez de agua, al tiempo que millones de personas se verán desplazadas por la carencia del preciado líquido.

Por ello, no han faltado quienes han puesto el grito en el cielo de sólo pensar que se llegue a especular en Wall Street con un recurso que en el mundo es considerado legalmente como un bien común de dominio público. Pero, la verdad sea dicha, en la práctica al darse este paso se da un sinceramiento del mercado en donde el agua es gestionada como un activo financiero.

Es el caso de los derechos o concesiones para la utilización del agua con distintos fines mediante actos administrativos. Como afirma el Director de Economía del agua en el Instituto IMDEA agua de Madrid (España) Gonzalo Delacámara, “esto siempre ha funcionado de manera informal en todos los lugares del mundo con sistema de riego”. Y lo ilustra con un ejemplo: “un regante A le dice al B, este mes no voy a regar, te cedo mis derechos a cambio de una compensación”.

Continúa diciendo el experto en el recurso hídrico Delacámara que así como se da el intercambio de derechos de uso de agua entre agricultores a cambio de dicha “compensación”, también se da que “otros actores lo que busquen sea ganar dinero con esos activos financieros”.

Y allí es en donde nace el negocio con el agua, en donde quien la necesita va al mercado spot a comprarla, como cualquier otro bien transable, pagando el precio al cual se cotice el derecho de agua. Pero, también puede ocurrir que el interesado no la necesita de momento, pero quiere asegurarse de disponer del agua para cuando la requiera (para riego, por ejemplo) y en ese caso puede recurrir al mercado de “derivados”, ya sea como bien de opción o de futuros del agua.

Huelga decir que estos contratos de futuro no obliga necesariamente a la entrega física de agua en una fecha determinada, son puras y duras transacciones financieras. Operan como si fueran un seguro para cubrir el riesgo frente a la variabilidad climática, pues en el evento de que se presente una hidrología critica y no le puedan suministrar el volumen de agua convenido, quien la contrató recibe el pago estipulado como compensación.

Lo cierto es que desde finales del año pasado  el índice Nasdaq Veles California Water Index, con el “ticker” NQH2O, está operando y se basa en un indicador de precios de los futuros del agua en California por acre-pie. Algunos expertos defienden que estos mecanismos financieros pueden contribuir a una gestión más eficiente de un recurso cada vez más escaso como lo es el agua.

Y no les falta razón a quienes aducen que ponerle precio al agua cuando, como ya dijimos, merced al Cambio climático dejó de ser un bien libre para adquirir un valor económico, aunque no deja de ser un bien público, nada justifica que no se le ponga precio cuando se otorgan derechos y concesiones a título gratuito para su usufructo por parte de particulares.

Eso sí se debe garantizar el efectivo ejercicio del acceso al agua potable como derecho humano, tal como lo dispuso las Naciones Unidas, ello no puede sufrir menoscabo, única forma de cumplir con los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS).

Ojalá el Gobierno Nacional y el Congreso de la República se aperciban de darle trámite al proyecto de ley que consagra el agua potable como un derecho fundamental en Colombia, al tiempo que se garantice el mínimo vital gratuito a la población vulnerable.

Miembro de Número de la Academia Colombiana de Ciencias Económicas

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Redacción Minuto30

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