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Exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena, fue destituida e inhabilitada por 10 años

Minuto30.com-. La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años a la exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García, por irregularidades en la construcción del Megacolegio MIA Fase II del municipio, por más de 13.000 millones de pesos. El órgano de control también sancionó con destitución e inhabilidad por 15 años al […]

Publicado por: SoloDuque

La exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García
La exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García. Foto: Procuraduría General de la Nación.

La exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García

La exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García. Foto: Procuraduría General de la Nación.

Minuto30.com-. La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años a la exalcaldesa de Quibdó, Zulia María Mena García, por irregularidades en la construcción del Megacolegio MIA Fase II del municipio, por más de 13.000 millones de pesos.

El órgano de control también sancionó con destitución e inhabilidad por 15 años al exsecretario de Infraestructura, Andrés Samir Bejarano Martínez, por desconocer los principios de la contratación estatal al firmar los estudios previos del contrato de obra No. 369 de 2013.

En el caso de la exmandataria municipal, la Procuraduría cuestionó la suscripción del contrato con estudios previos insuficientes e inadecuados, que conllevaron a que la construcción del megacolegio no fuera terminada en su totalidad, afectando el derecho a la educación de los niños del municipio de Quibdó.

Lea también: Apelaron libertad de la exalcaldesa de Quibdó, procesada por millonaria defraudación en los XX Juegos Nacionales

El Ministerio Público advirtió que “con un estudio previo completo, adecuado y suficiente la administración municipal habría determinado las cantidades reales de obra necesitadas para la construcción del Megacolegio MÍA Fase II, así mismo habría constatado si el presupuesto asignado para la obra era o no suficiente para la ejecución de las actividades previstas en el objeto contractual”.

Según la Procuraduría, “en la decisión se estableció el estado real de la estructura construida en ejecución del contrato examinado y el abandono del que fue objeto”.

En decisión de primera instancia, el ente de control calificó definitivamente la falta de los disciplinados como “gravísima a título de culpa gravísima por desatención elemental”.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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