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Embarazadas podrán ser despedidas si no notifican su estado

Un fallo de la Corte Constitucional determinó que si una mujer es despedida estando en embarazo, pero su jefe no lo sabe, no se podrá exigir la reintegración a su empleo. El fallo podría estar relacionado con varios expedientes relacionados con despidos porcausas ajenas a la maternidad, pero se exigía el reintegro de las empleadas […]

Publicado por: SoloDuque

Foto archivo Alcaldía de Medellín

Foto archivo Alcaldía de Medellín

Un fallo de la Corte Constitucional determinó que si una mujer es despedida estando en embarazo, pero su jefe no lo sabe, no se podrá exigir la reintegración a su empleo.

El fallo podría estar relacionado con varios expedientes relacionados con despidos porcausas ajenas a la maternidad, pero se exigía el reintegro de las empleadas por el hecho de estar embarazadas.

Uno de los casos es el de una mujer que fue despedida por un proceso disciplinario y pidió reintegro abogando por su estado de embarazo, pero en el trámite se supo que ni el empleador ni la empleada misma sabían del embarazo en el momento del despido.

Según el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, esta medida es para “proteger el empleo femenino”, pues el fuero de maternidad, que hace referencia a la protección especial que la ley laboral ofrece a la mujer trabajadora que se encuentra en estado de embarazo o en periodo de lactancia, estaba afectando la contratación a mujeres.

Linares afirma que los empleadores se estaban absteniendo a la hora de contratar mujeres fértiles, es decir, mujeres entre los 18 y 35 años.

“La Corte es consciente que se debe proteger el derecho a la intimidad que tiene la mujer de no revelar el estado de embarazo por cualquier circunstancia, pero en esa medida si el patrono no conoce el estado de embarazo es muy difícil que se presuma que cuando la despide hay discriminación en razón de la condición de la mujer”, indicó Linares en entrevista a medios locales, BluRadio y La FM.

Según el alto tribunal, no se puede reclamar que le paguen la licencia de maternidad ni las cotizaciones a la seguridad social, pues resultaría “excesivo” para el empleador.

Linares también explicó que hay la obligación de proteger a las mujeres en estado de embarazo es del Estado: “esa obligación de solidaridad no le corresponde en ese caso específico al patrono”.

Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional/Tomada de elespectador.com

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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