
Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional. Foto: El Heraldo.
Minuto30.com-. El presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, se refirió a los alcances que tendrá la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, en los casos de las personas que se acojan a esta justicia y que hayan sido solicitadas en extradición por cometer delitos después de la firma del Acuerdo de Paz.
Linares, en entrevista con La F.m., indicó que lo primero que se estaba intentado definir era “quién era el competente” para emitir una orden de captura con fines de extradición de una persona que se haya acogido a la JEP. En tal caso, explicó que se determinó que estará en competencia de la Fiscalía si la persona cometió el delito después de la firma del acuerdo final.
No obstante, aclaró el magistrado que el expediente de esa persona debe ser remitido también al Tribunal para la Paz, que determinará la fecha en la que se cometió el delito por el cual se le señala.
“Si se cometió después del conflicto, esa persona puede ser extraditada, pero si ocurrió antes, hay una garantía de no extradición”, le dijo al medio radial.
Sobre la discusión sobre si las Farc deben entregar o no información sobre rutas y otras actividades relacionadas con el narcotráfico, el presidente del alto tribunal indicó que en cierta medida sí hay una obligación, la cual quedó establecida en el Acuerdo de Paz.
“Nosotros nos atenemos a lo que se estableció en el documento”, reiteró, y añadió que “hay una obligación de cooperación con la justicia colombiana y a no seguir cometiendo este tipo de delitos”.
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