La Corte Constitucional sentenció que las empresas de transporte público no podrán prohibir por completo el ingreso de animales domésticos de talla pequeña y mediana a sus vehículos, el alto tribunal se pronunció frente al examen de constitucionalidad de la Ley de transporte terrestre, que limitaba esta posibilidad; para la corporación, la norma es exequible. “las empresas tendrán la libertad de limitarlo, pero no prohibirlo por completo”.

Para los magistrados, el hecho de que la norma sólo cobijara a un tipo de animales (lazarillos) era violatorio de los principios de igualdad, pues limitaba a algunos ciudadanos de poder hacer uso de los sistemas masivos de transporte acompañados de sus mascotas.
La posición del Metro de Medellín
La Empresa de transporte masivo Metro de Medellín anunció que examinará en detalle la sentencia de la Corte Constitucional para que se permita llevar mascotas urbanas en los sistemas de transporte, y luego establecerá una reglamentación para su cumplimiento.
En principio, voceros de la empresa Metro de Medellín dijeron que la sentencia de la Corte está dirigida a los sistemas de transporte masivo terrestres, lo cual no incluye al Metro por tratarse de un sistema férreo. Indicaron que la oficina jurídica de esta empresa determinará si es necesario modificar el reglamento actual para permitir el ingreso de mascotas urbanas en el sistema, como ha sido consagrado por la Corte.
Mientras tanto algunos usuarios habituales del Metro expresaron su rechazo y oposición a la sentencia de la Corte Constitucional, por considerar que el transporte de mascotas en el Metro es antihigiénico y riñe con el orden, aseo y la cultura que se vive en ese sistema.
Otra es la posición de las personas que tiene mascotas, las cuales consideran muy justa la medida y se comprometen a cumplir con las normas de higiene y orden que imponga la empresa.
Lucas Cardona G. |Minuto30.com
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