El gobierno nacional, mediante el decreto 542 del 21 de marzo de 2018, estableció el diseño y aplicación del Registro Administrativo de Migrantes venezolanos en Colombia, con el fin de ampliar la información sobre el fenómeno migratorio de dicha población. Sólo los migrantes venezolanos que no tienen documentación vigente deben hacer este trámite.
Entre el 6 de marzo y el 6 de junio, los ciudadanos venezolanos que se encuentren viviendo actualmente en Colombia y que tengan intención de permanecer en el país de manera temporal, a mediano o largo plazo, deberán realizar dicho registro en la sede principal de la Personería de Medellín o en la Unidad Permanente para los Derechos Humanos,casa de justicia El Bosque.
La realización de este proceso no proporciona estatus de cualquier orden, no otorga ningún tipo de beneficio económico, social u otro y la información recolectada será de carácter confidencial y no podrá ser utilizada para la imposición de medidas sancionatorias a la población registrada, como multas, deportaciones o expulsiones de cualquier tipo.
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