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Corte pide a los jueces escuchar a los niños en procesos de custodia

Por orden de la Corte Constitucional, los jueces deben considerar los deseos de los menores en procesos de custodia. Los niños podrían decidir si desean o no vivir con sus padres, antes de ser reintegrados a su familia.  El Alto Tribunal ordenó evaluar caso a caso y aclaró que el derecho de los niños a […]

Publicado por: Minuto30.com

En la sentencia se señala que los colombianos, la mayoría de ellos nacidos en departamentos del Caribe colombiano, "no fueron aprehendidos de manera flagrante". EFE

EFE. Archivo.

Por orden de la Corte Constitucional, los jueces deben considerar los deseos de los menores en procesos de custodia. Los niños podrían decidir si desean o no vivir con sus padres, antes de ser reintegrados a su familia. 

El Alto Tribunal ordenó evaluar caso a caso y aclaró que el derecho de los niños a ser escuchados no puede ser absoluto, pues este depende de sus capacidades y su madurez. Sin embargo, fue claro al decretar que estos deben ser parte activa de las decisiones que los afectan.

La decisión se da como fallo al proceso de una menor a la que un juez le ordenó regresar a su hogar, en el que había sido víctima de maltrato y presunto abuso sexual. El  juez de familia que atendió el caso no tuvo en cuenta la opinión de la niña y su deseo de vivir separada de sus progenitores. 

La situación inició en noviembre de 2014, según reportó El Tiempo, cuando la Policía de Infancia y Adolescencia encontró en la calle a la niña de 8 años, quien había huido de su casa.

Varios meses después, la menor contó a las autoridades que había sufrido abuso sexual por parte del hombre que les arrendaba la vivienda y aseguró que también sufría maltrato por parte de sus padres.

La niña vivía en un ambiente hostil, según pudo establecerse en el proceso. La madre aceptó que en su hogar de daban episodios de violencia, mientras que el padre aseguró que la mamá trabajaba en la calle del Bronx. La abuela, quien era la encargada de cuidar de la niña en ausencia de sus padres, era consumidora de drogas.

En febrero, un juez de familia ordenó que la menor fuera reintegrada a su hogar y descartó la posibilidad de entregarla en adopción, a pesar de la postura de la Defensoría de Familia y el ICBF, que solicitaban que la menor iniciara un proceso de adoptabilidad.

El caso llegó a la Corte Constitucional luego de pasar por la Corte Suprema de Justicia, que falló que la adopción solo se debe ordenar cuando es imposible “materializar otras gestiones tendientes a restablecer el orden familiar”.

Cuando la tutela fue atendida por la Corte Constitucional, los magistrados resaltaron que el mismo ICBF había certificado que la niña había reaccionado con “miedo y angustia” una vez fue informada sobre el reintegro.

La Corte entrevistó a la menor, quien contó que sus padres le pegaban y su padre permanecía borracho. Aseguró que no deseaba regresar a su casa, aunque extrañaba a sus hermanos. 

Sobre este caso, la Corte determinó que el derecho de la niña a ser escuchada fue vulnerado, pese a que la niña tenía la madurez para decidir si quería volver con sus padres.

“Ante la evidencia de un informe psicológico en el cual se advertía la afectación en la salud emocional y mental de la niña, las autoridades judiciales no podían olvidar que los derechos de la menor eran prevalentes sobre los de los demás involucrados, incluso sobre los derechos de sus padres”, sentenció la Corte Constitucional.

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Redacción Minuto30

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