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Sancionada reglamentación de ley que beneficia a 25.000 desmovilizados

Se abre la posibilidad para personas desmovilizadas de los grupos armados ilegales de aclarar su situación jurídica y aunque serán sancionados, pagarán su deuda con la sociedad sin ir a la cárcel, siempre y cuando no hayan cometido delitos de lesa humanidad.

Publicado por: Minuto30.com

Se abre la posibilidad para personas desmovilizadas de los grupos armados ilegales de aclarar su situación jurídica y aunque serán sancionados, pagarán su deuda con la sociedad sin ir a la cárcel, siempre y cuando no hayan cometido delitos de lesa humanidad.

La reglamentación de la Ley 1424, sancionada hoy por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, por medio del Decreto 2244 de 2011, garantiza que se cumpla el compromiso de paz adquirido con las personas que dejaron las armas, al tiempo que busca proteger el derecho que tienen las victimas y la sociedad colombiana de conocer el contexto y las causas de la conformación de grupos organizados al margen de la ley, además de evitar la repetición de hechos violentos.

Por esta razón, el Centro de Memoria Histórica creado por la Ley de Víctimas para recolectar, clasificar y analizar la verdad de los hechos violentos, será también el encargado de recibir la versión no judicial que entreguen las personas desmovilizadas en su compromiso de aportar a la reparación.

“Del compromiso con el proceso de reintegración, con la sociedad y con la paz depende la libertad de cada una de las personas desmovilizadas, la verdad contada por ellos será compilada en el Centro de Memoria Histórica creado por la Ley de Victimas, contribuyendo así a la construcción de una visión integral de la historia del país”, afirmó el Alto Consejero para la Reintegración, Alejandro Éder.

Estos decretos fortalecen el marco de la justicia transicional otorgando a las personas desmovilizadas beneficios jurídicos, que les permitirán conservar su libertad, siempre y cuando su único delito sea el de haber pertenecido a los grupos armados ilegales y no estén postulados a la Ley de Justicia y Paz, Ley 975 de 2005.

Se podrán suspender órdenes de captura o la ejecución de la condena únicamente, si las personas que han dejado las armas están cumpliendo con el programa presidencial para la reintegración que coordina la Alta Consejería para la Reintegración (ACR).

Para acceder a los beneficios de la nueva ley, una persona desmovilizada debe:

• Estar activos o culminar formalmente el proceso de reintegración que lidera la Alta Consejería Presidencial para la Reintegración – ACR.
• No haber incurrido en delitos con posterioridad a su desmovilización.
• Firmar un formato en el que se compromete a contribuir con la Verdad Histórica y la Reparación. El plazo para presentar la solicitud vence el 28 de diciembre de este año. De no hacerlo, perderán la posibilidad de acceder a los beneficios de esta Ley.
• Participar de las actividades de servicio social y reparación que establezca la Alta Consejería Presidencial para la Reintegración.
• Firmar el Acuerdo de Contribución a la Verdad Histórica y a la Reparación ante el Alto Consejero Presidencial Para la Reintegración.
• Presentarse ante el Mecanismo No Judicial de Contribución a la Verdad y la Memoria Histórica, en donde deberán facilitar el esclarecimiento de la conformación de los grupos organizados al margen de la ley, el contexto general de su participación y garantizar la no repetición de hechos violentos.

El Alto Consejero Alejandro Éder destacó que es de vital importancia que la sociedad le tienda la mano a esta población para que se reintegre a nuestros barrios y lugares de trabajo, además enfatizó que con estas nuevas normativas todos los colombianos se beneficiarán porque se dan las condiciones para construir un país en paz.

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Redacción Minuto30

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