La Superintendencia de Industria y Comercio ordenó la aplicación de medidas cautelares contra MOVISTAR al considerar una demanda por competencia desleal interpuesta por AVANTEL.
El caso se remonta a otro fallo en favor de AVANTEL, que ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo con MOVISTAR para que le proveyera el servicio de Roaming Automático Nacional (RAN) en sitios en donde no contaba con cobertura, elevó el caso a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
Pues bien, los usuarios de AVANTEL que reciben o hacen llamadas desde la cobertura de MOVISTAR, reciben mensajes publicitarios del tipo “Bienvenidos al Roaming Nacional MOVISTAR”. lo que los confundiría respecto a su proveedor de servicios, lo que ha sido considerado por la SuperIndustria como competencia desleal.
“Sobre el particular, debe recordarse, con fundamento en lo que ha dejado establecido reiteradamente este Despacho en concordancia con lo normado en el artículo 10 de la Ley 256 de 1996, que el acto desleal en análisis se configura, en su modalidad directa, en aquellos casos en los que el consumidor, al adquirir un producto, piensa que está adquiriendo otro”, indica el documento del fallo.
Es decir, el consumidor, que tiene un contrato con AVANTEL, podría pensar que el servicio, en el lugar de cobertura de MOVISTAR, no es brindado por el operador con el que firmó.
Las medidas cautelares ordenan a MOVISTAR suspender los mensajes sobre los usuarios de AVANTEL.
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