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Revocatoria de mandato de Alcaldes NO vulnera el derecho al trabajo

Agotados los recursos de ley, y una vez resuelta la tutela interpuesta por el alcalde municipal el pasado mes de agosto, el Registrador Municipal de Achí, Bolívar, mediante Resolución 008 del 16 de octubre de 2013 fijó el domingo 17 de noviembre de 2013 como fecha para que los habitantes de Achí, Bolívar, acudan a […]

Publicado por: SoloDuque

Agotados los recursos de ley, y una vez resuelta la tutela interpuesta por el alcalde municipal el pasado mes de agosto, el Registrador Municipal de Achí, Bolívar, mediante Resolución 008 del 16 de octubre de 2013 fijó el domingo 17 de noviembre de 2013 como fecha para que los habitantes de Achí, Bolívar, acudan a las urnas.

revocatoriaLa Registraduría Nacional del Estado Civil había suspendido la revocatoria de mandato del alcalde de Achí, Bolívar, programada para el domingo 25 de agosto, acatando el fallo de tutela del pasado 2 de agosto de la Sala Penal del  Tribunal Superior Distrito Judicial de Cartagena.

La acción de tutela fallada en primera instancia con número de Radicado 00172 de 2013, fue interpuesta por el alcalde del municipio de Achí, Walter Salvador Villacob Hernández, “por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo y derechos políticos”.

El fallo del Tribunal Superior Distrito Judicial de Cartagena, Sala Penal, suscrito por el Conjuez Ponente Anselmo Mercado Vergara, el Conjuez Luís Ricardo López Martínez y el Magistrado Taylor Ivaldi Londoño Herrera señalaba entonces:

“PRIMERO: Tutélese los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, al trabajo y a la igualdad del accionante, WALTER SALVADOR VILLACOB HERNÁNDEZ, como mecanismo transitorio para evitar un prejuicio irremediable de acuerdo a lo plasmado en la parte emitida de este proveído”.

“SEGUNDO: ORDÉNESE a la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, REGISTRADURÍA DELEGADA DEPARTAMENTAL Y LA REGISTRADURÍA MUNICIPAL DE ACHÍ BOLÍVAR, dejar sin efectos las Resoluciones 0090 de junio 25 de 2013 y la No. de 4 de abril de 2013, proferidas por el Delegado Departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil y por el Registrador Departamental de Achí, Bolívar, respectivamente”.

“TERCERO: ORDÉNESE a la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, REGISTRADURÍA DELEGADA DEPARTAMENTAL Y LA REGISTRADURÍA MUNICIPAL DE ACHÍ, BOLÍVAR, suspender el desarrollo de las elecciones de la revocatoria de mandato del alcalde WALTER SALVADOR VILLACOB HERNÁNDEZ, hasta tanto se pronuncie acerca de las irregularidades señaladas en la parte motiva de esta providencia”.

“CUARTO: En consecuencia de lo anterior désele un término de 4 meses a la parte accionante para que concurra a la justicia ordinaria en caso de no hacerlo la presente orden constitucional pierde sus efectos”.

“QUINTO: Notifíquese a los sujetos procesales de acuerdo al Decreto 2591 de 1991 y en caso de no ser impugnada envíese a la Corte Constitucional para eventual revisión”.

La Registraduría acata y respeta el fallo y la Delegación Departamental de Bolívar estudiará la procedencia de los recursos a los que haya lugar.

Revocan tutela

Sin embargo, días después la Sala de Decisión Tutelas de la Corte Suprema de Justicia revocó el fallo y dio la orden de reanudar el proceso de revocatoria del mandato al alcalde del municipio de Achí, Walter Salvador Villacob Hernández, el cual fue reprogramado para el 17 de noviembre de 2013.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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