Resumen: La Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador Aníbal Gaviria por supuestas irregularidades en las adiciones y el anticipo del contrato para la construcción de la Troncal de la Paz, adjudicado en 2005. La Sala Especial de Primera Instancia concluyó que no existen pruebas de peculado por apropiación ni de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, ordenando archivar el proceso que en su momento motivó la captura del exmandatario, aunque la decisión aún podría ser apelada ante la Sala de Casación Penal.
La Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador de Antioquia y exalcalde de Medellín, Aníbal Gaviria, del proceso legal que enfrentaba por presuntas irregularidades en la construcción de la llamada Troncal de la Paz. La Sala Especial de Primera Instancia determinó, en una decisión emitida el 7 de octubre, que no existe material probatorio que demuestre la participación del exmandatario en los delitos de peculado por apropiación y celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales.
Con este fallo a su favor, el alto tribunal ordenó archivar definitivamente el expediente y cancelar todas las anotaciones judiciales que pesaban sobre Gaviria por esta investigación.
El origen de la investigación
Los hechos estudiados por la justicia se remontan al 14 de octubre de 2005, durante el primer periodo de Gaviria al frente de la Gobernación de Antioquia. En esa época se abrió la licitación para la Troncal de la Paz, una megaobra que pretendía mejorar la conexión entre las subregiones del Bajo Cauca y el Nordeste antioqueño mediante un puente entre Caucasia y Remedios. El proyecto le fue adjudicado al consorcio conformado por Luis Héctor y Carlos Alberto Solarte Solarte, por un valor inicial de $41.663 millones y un plazo de ejecución de 26 meses.
Durante su desarrollo, el contrato original sufrió tres adiciones. La primera, por $3.995 millones, se hizo para pavimentar 1,6 kilómetros extra; la segunda, por $3.164 millones, cubrió mayores cantidades de obra; y la tercera, firmada en 2007, fue la de mayor impacto: sumó $16.334 millones y extendió el plazo en 22 meses para edificar un puente sobre el río Nechí.
Los señalamientos y la defensa
A pesar de que el puente se entregó y la obra concluyó exitosamente, la Fiscalía General de la Nación —en su momento bajo la dirección de Francisco Barbosa— abrió una investigación al considerar sospechosos varios movimientos contractuales. El ente acusador cuestionó el aumento del anticipo del 25 % al 29 %, argumentando que se hizo sin las garantías adecuadas para proteger los fondos públicos. Además, señaló supuestas deficiencias de planeación en las adiciones, levantando suspicacias sobre todo por la última firma, que se realizó a solo cuatro días de que Gaviria terminara su mandato.
Frente a estas acusaciones, la defensa del líder político siempre mantuvo su inocencia. Gaviria argumentó que las adiciones no violaron los topes legales y eran estrictamente necesarias para conectar a los municipios de Zaragoza y El Bagre con la vía principal. Asimismo, aclaró que él no firmó dichas modificaciones, ya que esa labor era competencia directa de la Secretaría de Infraestructura Física. Finalmente, defendió que el proyecto siempre contó con las pólizas de ley y que pactar un 4 % adicional en el anticipo no constituía un acto ilegal.
Este caso judicial tuvo un enorme impacto en la carrera política de Gaviria, ya que derivó en su captura en pleno ejercicio de su segundo mandato como gobernador de Antioquia, obligándolo a separarse temporalmente del poder antes de poder recuperar su libertad y culminar su administración.
Al cierre del fallo, la Corte Suprema advirtió que el caso podría no estar del todo cerrado, pues la decisión de absolución aún es susceptible de ser apelada ante la Sala de Casación Penal.
Corte Suprema declara inocente al exgobernador Aníbal Gaviria por el caso de la Troncal de la Paz
La #SalaEspecialDePrimeraInstancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador de Antioquia Aníbal Gaviria Correa de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros, por hechos relacionados con obras de la Troncal de la Paz. La Sala determinó que no se probó su responsabilidad penal ni una apropiación efectiva de recursos públicos atribuible al acusado.
Consulte la sentencia SEP 135-2026: https://t.co/0UAczIpVZK
Consulte el comunicado de prensa: https://t.co/VzHVwy54O9
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) October 9, 2026
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