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¡Atención! Prorrogan orden de captura contra Carlos Ramón González, asilado en Nicaragua

CArlos Román González tiene «cuentas pendientes» con la justicia por el escándalo de corrupción de la UNGRD

Publicado por: SoloDuque

ungrd en la mira de la procuraduria
Foto: Procuraduría General de la Nación
¡Atención! Prorrogan orden de captura contra Carlos Ramón González, asilado en Nicaragua

Resumen: El Tribunal Superior de Bogotá extendió el requerimiento judicial por un año contra el exdirector del DAPRE. Su medida de aseguramiento en centro carcelario sigue intacta, pues el tiempo legal no ha comenzado a correr debido a su refugio en el país centroamericano.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

Minuto30.com .- El Tribunal Superior de Bogotá emitió una nueva decisión dentro del proceso penal que se adelanta por el grave escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La sala resolvió prorrogar por un año más la orden de captura vigente en contra de Carlos Ramón González, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE).

Durante la diligencia, el magistrado a cargo clarificó la situación jurídica del exfuncionario, quien actualmente se encuentra en Nicaragua bajo la figura de asilo político, estableciendo dos determinaciones clave:

Extensión de la orden de captura: Se amplía por 12 meses para garantizar que las autoridades mantengan activa la orden de búsqueda y aprehensión en caso de que el procesado pierda su estatus de asilado o se movilice fuera del país que lo protege.

Investigación por presencia de Carlos Ramón González en fiesta

Foto de archivo.

Vigencia de la medida de aseguramiento: El tribunal se abstuvo de prorrogar formalmente la orden de reclusión en centro carcelario, argumentando que dicha solicitud es innecesaria porque la medida continúa plenamente vigente.

El magistrado explicó que, al encontrarse González refugiado en Nicaragua, la medida de aseguramiento intramural jamás se ha ejecutado. Según la ley, los términos o tiempos legales de vencimiento de estas medidas solo comienzan a contabilizarse en el momento en que se materializa la detención efectiva. Al no existir una captura física, el reloj de la medida restrictiva de libertad no ha empezado a correr.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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