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    ¿Chao ACOLFUTPRO? Golpe judicial a la agremiación de futbolistas
    Mintrabajo cancela registro sindical de ACOLFUTPRO por orden judicial, pero la asociación de futbolistas conserva su personería jurídica. Foto: Solo para ilustrar / Independiente Santa Fe
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  • ¿Chao ACOLFUTPRO? Golpe judicial a la agremiación de futbolistas

    Resumen: El Ministerio del Trabajo de Colombia, en cumplimiento de una orden judicial derivada de un proceso iniciado por la Dimayor y la Federación Colombiana de Fútbol, emitió una Resolución el 13 de noviembre de 2025 que ordena la cancelación del registro sindical de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO). Este proceso especial de cancelación comenzó ante el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, que inicialmente declaró la ilegalidad de la constitución de ACOLFUTPRO; aunque la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá modificó posteriormente esta decisión en segunda instancia, manteniendo la cancelación del registro sindical pero sin implicar la cancelación de su personería jurídica, disolución o liquidación. Por lo tanto, el Ministerio procedió a la cancelación formal de la inscripción de ACOLFUTPRO en el Registro Sindical, el cual figuraba como vigente, sin que la agremiación haya emitido un pronunciamiento oficial hasta el momento.

    Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

    El Ministerio del Trabajo de Colombia emitió una Resolución, este 13 de noviembre de 2025, por la cual se ordena la cancelación del registro sindical de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO).

    Esta decisión se basa en un proceso judicial iniciado por la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) y la Federación Colombiana de Fútbol.

    La resolución del Ministerio da cumplimiento a una orden judicial, actuando conforme a sus competencias para “Adelantar las acciones relacionadas con los procedimientos aprobados para la cancelación del Registro Sindical”.

    El proceso especial de cancelación, disolución, y liquidación del registro sindical fue presentado por Dimayor y la Federación Colombiana de Fútbol ante el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá.

    En primera instancia el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, mediante sentencia del 30 de enero de 2025, resolvió declarar la ilegalidad de la constitución de la organización sindical de primer grado y de gremio denominada ACOLFUTPRO.

    En esa decisión judicial se ordenó al Ministerio del Trabajo la cancelación del registro sindical de ACOLFUTPRO, el cual estaba inscrito bajo constancia del 2 de mayo de 2023.

    ¿Chao ACOLFUTPRO? Golpe judicial a la agremiación de futbolistas

    Segunda Instancia, ACOLFUTPRO interpuso un recurso de apelación. Allí la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante sentencia del 19 de febrero de 2025, resolvió modificar la sentencia de primera instancia.

    En esta se estableció que la cancelación del registro sindical de ACOLFUTPRO “no conlleva la cancelación de su personería jurídica, ni su disolución ni liquidación”.

    Con base en la sentencia judicial, la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Relaciones Laborales, Claudia Marcela Bustamante, ordenó la cancelación formal.

    En ese sentido el Ministerio del Trabajo, procedió a cancelar la inscripción de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO) en el Registro Sindical.

    A la fecha de la resolución, ACOLFUTPRO, una organización sindical de primer grado y de gremio, figuraba como inscrita y vigente en la base de datos de Archivo Sindical.

    Hasta el momento ACOLFUTPRO no se ha pronunciado frente a la decisión, si embargo es claro que como sindicato no podrán seguir actuando, pero como agremiación no tendría por qué disolverse.

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    Alejandro Rincón

    Librepensador. Amante de la fotografía, la escritura, la radio y el detrás de cámaras. Periodista por pasión hace 25 años, abogado de profesión. Amante del trabajo de campo, la reportería, la calle.

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