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¡No hay apelación para este fallo! Corte Suprema de Justicia confirma la libertad de Álvaro Uribe Vélez

Aunque el juzgado enunció un número plural de razones para ordenar la detención, “una cosa es explicar y otra justificar una decisión”

Publicado por: SoloDuque

¡No hay apelación para este fallo! Corte Suprema de Justicia confirma la libertad de Álvaro Uribe Vélez

Resumen: En una sala mayoritaria, el alto tribunal ratificó la sentencia de tutela y consideró que el juzgado de primera instancia no había justificado de manera clara la restricción de la libertad del expresidente

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Minuto30.com .- En una decisión que ha generado un fuerte impacto en el ámbito político y judicial de Colombia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que concedió la libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez. El exmandatario, que había sido condenado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, continuará en libertad mientras se resuelven las apelaciones a su condena.

El 1 de agosto, un juez penal del circuito de Bogotá había condenado a Uribe Vélez y había ordenado su detención inmediata, pero le concedió la prisión domiciliaria. Sin embargo, su defensa presentó una tutela que fue resuelta por el Tribunal Superior de Bogotá, que el 19 de agosto de 2025 revocó la privación de la libertad y amparó el derecho fundamental a la libertad del exmandatario.

La Fiscalía y los representantes de las víctimas impugnaron la decisión, que llegó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema. En una sala mayoritaria, el alto tribunal ratificó la sentencia de tutela y consideró que el juzgado de primera instancia no había justificado de manera clara la restricción de la libertad del expresidente.

En su providencia, la Corte Suprema de Justicia señaló que, aunque el juzgado enunció un número plural de razones para ordenar la detención, “una cosa es explicar y otra justificar una decisión”. Para la Sala, no se exhibieron las razones de índole jurídico y fáctico que soportaran la restricción de la libertad, lo que hizo que la motivación fuera “aparente”.

La Corte, en esta decisión, ratificó lo que ha sostenido desde 2023: que la privación de la libertad de un condenado debe ser excepcional y debe tener una motivación clara, con argumentos de peso que la justifiquen. Además, la providencia ratifica el carácter excepcional de la restricción de la libertad y la necesidad de una argumentación sólida para limitarla en casos excepcionales.

La decisión de la Sala de Casación Penal se tomó con un salvamento de voto, que se sustenta en las posiciones que el magistrado ha tomado con anterioridad frente a este tipo de casos. El fallo, que es de única instancia, no es apelable.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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